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Fondos de inversión y cuentas asociadas

8 respuestas
Fondos de inversión y cuentas asociadas
Fondos de inversión y cuentas asociadas
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#1

Fondos de inversión y cuentas asociadas

No cuestiono que es lo que se tiene que pagar al fisco por los beneficios que se puedan obtener por la tenencia/especulación en valores mobiliarios, pero la diferencia es injusta entre una SICAC, un fondo de inversión o un inversor particular.
No estoy ni mucho menos en contra del gran capital, pero cuando los gobiernos legislan a favor del grande en menoscabo del pequeño, mi alma liberal se me vuelve libertaria.(Antaño las leyes eran según pertenecieses a la nobleza, clero o pueblo llano)

Al asunto, el pasado día 21 de febrero traslade una denuncia a la CNMV.

" ,,,, el día 10 de los corrientes me traslado a ,,,,(nombre del banco) y me atiende D.,,,, y me manifiesta que para suscribir un fondo TENGO QUE ABRIR UNA CUENTA ASOCIADA requisito indispensable.... Quedé sin suscribir el fondo comercializado por la entidad bancaria por negarme a instrumentar tal cuenta asociada.
Que el inversor pequeño llamémosle por su nombre, pobre, que todos los políticos de ahora, anteriores y anteriores le han impedido poder tener un producto propio, a la medida de sus posibilidades, fiscalmente como una SICAV, siendo esto una realidad sangrante, lo que no puedo admitir es la prepotencia de un sistema que vengo a denunciar "" Esto manifeste a la CNMV y por supuesto los fundamentos en derecho.

La CNMV me contesto diligentemente (Ref.0120/2005. Registro entrada 2005021770)
admitida mi reclamación me comunica de que remite una copia al banco " con el fín de recabar sus comentarios al respecto. "Ya empezamos, más que un comentario entiendo sería mejor que le preguntasen si la practica de obligar a tener una cuenta asociada es habitual o un caso aislado, pero ya veremos, ya veremos.

Saludos Patxi

#2

Re: Otra cuenta asociada

Pues os digo...

La misma mañana en el banco ... mire quiero invertir en el fondo .... sí sí es nuestro, cuanto quiere invertir...ya.Pues ningun problema nosotros...bla bla...a nuestros clientes...más bla bla, nada una cuenta que así ya sabe... ah no trae el importe en efectivo... claro no iba a ir por la calle con el dinero.. es verdad. Y me dice que nos va hacer una trasferencia, mire a este número y me larga un monton de papeles que firmo y bien encajado en un plástico una libreta que más parecia un pasaporte.

A los pocos días yo por teléfono, les he puesto una nueva trasferencia, sí sí para comprar más participaciones, sí de las mismas... mañana pasare para firmar la solicitud... que cuando me venga bien? y no se retrasará.. no cuando pueda, seguro.. es que... nada nada. Encantadores oiga.

A los días en el banco. Hombre que tal, pero sientate, dime dime.. sí tienes mirando en una pantalla, del día.. y del día... ya suscritas. Esta es la solicitud de los últimos fondos, firma aquí, el clima de familiaridad me gusta, es un vendedor nato, seguro que cubre las cifras de producción je je cuando empiece yo pense...
Mira la libreta voy a cancelarla por esto y por esto. Imposible teniendo los fondos. Me pongo firme, quiero cancelar, doy mis razones, revuelo en la oficina de unos a los otros, me largan un apendice con gratis total de la libreta en lo referente a gastos, bueno de momento no esta mal les digo pero que poco vale este papel. Es que se cree Vd.(se terminaron las familiaridades, lástima) que este banco es un chiringuito? No, pero cuando pase una cominicación al Banco de España con la variación de tarifas, este documento, apendice que me daís es papel mojado o no? Vd, sabe mucho... me mordí la lengua despues de decirles con soberbia Más que todos vosotros juntos. Mala es la soberbia si...

Escribi dos cartas al Defensor del cliente de la gestora y del banco con argumentos legales. En las dos les puse un 10 a los empleados del banco, tontos serían si no veian que les decía el buen funcionamiento de una mala politica.
De la gestora me han llamado por telefono, me da la razon en todo, pero se resiste a decirmelo escrito, pero insisto, por el banco que sí que puedo cancelar. Esto pot escrito.

He preferido festivamente trascribir los hechos pero no es broma lo que hacen los bancos en este asunto. Banco de España y CNMV callan. Saludos Patxi

#3

Re: Otra cuenta asociada

Buenas madrugaaas Patxi....

Lo que comentas es un clásico. Creo entender que el motivo por el que los Bancos te exigen abrir una cuenta es doble. Por un lado esta el que señalas, las expectativas de sacarte 4 duros más. pero creo que en muchos caso es por un tema de operativa. A la hora de suscripciones y reembolsos les es mucho más comodo y se presta a menos incidencias que sin cuenta asociada, tal y como tiene montados los sistemas informaticos (recuerdo que Mapfre pensiones tenia más de un lio a cuenta de operar sin cuentas asociadas con los que hacían ingresos a última hora el 31 de diciembre, ya sabes valoracion talones y comprobacion saldos, o bien comprobar que las transferencias eran correctas, mil historias....)

Pero lo tengo muy claro (y lo siento pero no son horas para biscar) el Banco de España obliga a la Entidades a una de dos. Si el cliente lo desea o bien opera sin cuenta asociada o si no es posible esa cuenta asocidad NO DEBE CONLLEVAR NINGUNA COMISION si se utiliza unicamente para soportes para estas inversiones. Creo recordar una polémica con caja madrid en este sentido....

Suerte.....

PD: y yo que crei que tu historia con el comercial iba a acabar en boda....Lo que hace el dinero.

#4

Re: Disposición Banco de España

Efectivamente teneis razon el banco de españa autoriza/ordena pero.... no se, no se, lo que digo es que no estoy conforme todo sea que pueda demostrar la falta de legitimidad o competencia para esa disposicón. Gracias echevarri por tu indicación cierta y por lo tanto esta en juego del que no me retiro mis reclamaciones a dos bancos con el riesgo del ridículo

No me sale de la cabeza el armazón base diría de los fondos de inversión tratare de sintetizar su mundo y si de paso ayudo a algún compañero del foro mejor.

La figura principal es la GESTORA dentro de unas cotas reglamentadas puede invertir como lo considere oportuno en busca del mejor resultado pero nunca puede tener un su poder ni un centimo o un título.
Un DEPOSITARIO es guardar el efectivo y los valores del fondo nunca puede decidir que es lo que se compra o vende solo esta a lo que ordena la gestora.
El legislador separa con buen criterio gestión de custodia

Competente para la vigilancia y sanciones administrativas? Unicamente la CNMV.
Red comercial la puede autorizar CNMV como representantes del GESTOR.Todo lo que contrata un inversor con un comercial autorizado es firme como si tal acto lo fuera directamente con la gestora.

Dificil veo que el principal (gestora) pueda trasmitir a su delegado (una red bancaria por decir) una condición que no tiene LA DE RECIBIR DINERO y más como condición diga lo que diga el Banco de España
Pues lo dicho apostado mi ridículo esta, que clase de vino me he tragado hoy ja ja ja
Saludos a todos Patxi

#5

Re: Vaya finezza...

Acojonado me dejas. A estas horas de la noche y estas en plan jurista, planeando una cuestión de competencias....

jajajaajajajajaa. Voy a ver si consigo estar a la altura.

En primer lugar haciendo memoria creo recordar que esa normativa del Banco de España se extrae de la Jurisprudencia(entre comillas) que crea el Servicio de REclamaciones del Banco de España. Estoy muy vago para buscarlo, pero en la pagina web del Banco de España suele haer un link con los archivos con un ejemplar de cada uno de los ñultimos años. Es muy casuistico e intersante.

Y ahora entrando en el meollo. Te niego la mayor. Aquí no se esta hablando de Fondos. Se esta hablando de si una Entidad comercializadora de Fondos (en este caso un banco) te puede imponer para contratarlo la apertura de un contrato de depósito y cobrarte por el mantenimeinto de esa cuenta. Y la competencia en materia de bancos y cuentas de deposito es del BdE. Se que es una interpretación pero es la mia, y ya sabes las interpretaciones son como los culos y todos tenemos una.

Soy consciente de que el BdE pudiera haber optado por una solución más radical. Pero dados los problemas que podría generar(que para los consumidores podrian ser mayores que el mal que se trata de evitar) se limito a una solución con "talante". Si te dejo, pero gratis total...

saludos patxi....

PD: Me has dejado baldado.

#6

Re: Pues yo sigo

No soy hombre que se ha ganado la vida con el Derecho más bien diría que lo he sufrido el malo y quien no, por lo tanto lo que temo en una diferencia de opinión que lo que estas leyendo como artículo de fe, al no estar suscrito al Aranzado pues eso que bibliotecas enteras son basura cuando cambia una coma por decir en la leyes y lo malo es si uno no se entera.

Unos ocupas invaden una propiedad al ser requeridos de que hacen contestan que lo que ven jugar al julepe, es que esta prohibido? por que miren aquí tenemos las normas en que se especifica el grado de mugre que pueden tener las cartas. Apostaría doble contra sencillo que la comisión judicial que el invadido solicito hace 2 o 3 años ante la oposición de los ocupantes a la suspensión de un juego legal y la acreditación del mugre era dentro de normas al conocerse esta nueva circustancia suspende como medida cautelar su actuación original.a esta creo que le llaman "defensa a la catalana" Pon una querella y te contestan con otra.

BdE de hecho me esta dando la razon por que si la banca no le es posible (falso) facilitar un numero de cuenta de ingreso le obliga con el gratis total de las cuentas de deposito llamadas asociadas. Ya tiene determinados bancos, no todos, un papelito de que dispuesto por el BdE...solo queda discutir con los clientes protestones e informados de cobrar o no cobrar pero dejamos de cuestionar si es necesaria o no por obligatoria.

Todo comercial como mandatario de la sociedad gestora al firmarle la solicitud de adquisición tiene si así se lo pide el futuro partícipe le tiene que indicar donde a dispuesto la entidad depositaria para efectuar el correspondiente ingreso pues no tomara firmeza hasta que no tome valor el ingreso. En esto del valor si que es competente el BdE por supuesto.

Mi denuncia en la CNMV terminaba " considero una practica ilícita que denuncia a esa Comisión ya que no se trata de que si los gastos que conlleva la cuenta bancaria estén o no en orden con el Banco de España"
Tengo que reiterar de que nunca pido de que me "trasladen" el dinero. Si les enttrego un cheque o efectivo si que entonces necesito la cuenta. Este no es el caso
anda que horas me he quedado terminando la lectura de un libro en fín

Saludos a todos y casi buenos días ja ja ja Patxi

#7

Re: Pues yo acabo

Que hoy ha sido un día muuuuy duro...

Solo un apunte. Una "querella catalana", al menos como yo la entiendo, no es lo que señalas amigo patxi. Se trata de utiolizar la via penal, acusando a alguien de un delito, cuando esta claro que el fondo del asunto no es penal, sino civil o mercantil, y que tiene pocas posibilidades por tanto de exito. Se trata de amedrentar al copntrario al meterlo por la via penal que acojona mucho mas que un juicio civil. Ademas, inidrectamente, facilita el acceso a determinados medios de prueba....

Un abrazo.....

#8

Re: De acuerdo

De acuerdo echavarri considero digo es acertada tu corrección de mi visión del sistema " a la catalana".

Otra cosa que no había dicho, que de boda nada no era buen partido, oye además me dí cuenta de que le tiraba los tejos a todo el mundo... ja ja ja

Saludos Patxi