Te voy a responder a lo que realmente preguntas.
La clave está en la traspasabilidad, o no, de los ETFs. Según resolución de una consulta vinculante al propio Ministerio de Hacienda (no la he buscado en petete, pero seguro que está) el Ministerio ha reconocido que deberían de tener el mismo trato fiscal, y en consecuencia ser traspasables.
El problema está en que los brokers no tienen aún implementada la operativa técnica para poder conseguir eso en los ETFs, cosa que sí está perfectamente implementada en los fondos.
Es más, hay flecos difíciles de implementar desde un punto de vista técnico, que no tienen nada que ver son el plano jurídico del asunto, el cual está bastante claro.
El principal escollo está en la cotización continua de los ETFs, frente a la cotización única diaria de los fondos. La trazabilidad de la reinversión es lo que resulta difícil de seguir e implementar desde un punto de vista técnico, y por el momento no se han puesto a trabajar en ello. No parece que les compense a los brokers. No creo que dentro de un año esté implementado.
Date cuenta que para cada participación invertida, debe guardarse la fecha original de la inversión para aplicar el método FIFO.