Estupendo campalin. Te aseguro qué aquí aprendemos todos. O casi todos.
Antes de responder a tus dudas, no puedo evitar pararme a responder a nuestros amigos
@Majareta y
@Sirdrake que han entrado a tope a defender los planes de pensiones y a atacar a los PÍAS con argumentos indefendibles e inventados. Y ademas, no se los demás lectores, pero yo no entiendo sus trabalenguas. Lo siento.
Solo les pido que acrediten lo que dicen mencionando normativa o fuentes oficiales, como yo lo he hecho.
Es lamentable tener que escuchar cosas como estas..¡¡¡que desde 2019 no se hereda el capital restante de las Rentas vitalicias!! ¿De donde sacan semejantes chorradas?
¡¡Que un PÍAS pagas impuestos por capital y plusvalía!! ¿Es que no habéis entendido nada?
¡¡¡Que un PÍAS tributa como un fondo!!! ¿Desde cuando? ¿Donde habéis leído eso?
Una RV no se hereda. Una RV se contrata sobre el chasis de un seguro de vida y en caso de fallecer el tomador antes de consumir el capital, perciben el capital restante los beneficiarios designados en póliza. No obstante, en el mercado asegurador hay gran variedad de Rentas que evidentemente nuestros amigos desconocen (vitalicias, temporales, mixtas, combinadas con dos tomadores para que el segundo cónyuge o asegurado siga percibiendo renta cuando falta el primero, y muchas otras)
También dicen que no encuentran suficiente información sobre PÍAS y entonces se dedican a suponer e imaginar sus propias conclusiones en vez de informarse debidamente.
Ya dije que un buen PÍAS es un producto complejo y que no se vende en "supermercados" sino mediante venta asesorada y ese asesoramiento lleva horas y varias reuniones. No esperéis descubrir todas sus características sin contactar con un experto.
Y dos cosas más.
NO. No soy comercial. Soy consultor financiero experto en productos de inversión complejos basados en seguros (IBIP,s).
SI. Tengo acceso y ofrezco a mis clientes productos del sector asegurador, y dispongo de PIAS, Unit Linked, SIALP, Rentas Vitalicias y Planes de Pensiones de prácticamente todas las aseguradoras.
Pero siendo esta mi especialidad, para complementar mi jubilación tengo PÍAS y no Planes de Pensiones y a la mayoría de mis clientes les recomiendo PÍAS y no
Planes de Pensiones.
No se. Llamadme loco o temerario.
Toda la información que he aportado es contrastable porque está publicada en el BOE, o en los condicionados de las pólizas mencionadas, que no voy a publicar aquí.
Y por último.
@Majareta ¿Nos puedes indicar que norma, modificación legislativa o artículo de la Ley de mediación y distribución de seguros dice que las RV han cambiado en 2019?
No vale que lo hayas escuchado tomando un café, ni que lo hayas leído en un foro de internet. Algo oficial por favor.
Y ahora si
@Campalin. Efectivamente la cifra de 635 es errónea. Si no me equivoco serían 691€. Pero esa cifra tampoco será exacta porque la pensión pública son 14 pagas, y en la privada solo 12. Gracias por la corrección.
No obstante, lo que más me importa es que queden claros los conceptos. Como tributan y como se rescatan estos productos. Euro arriba o abajo es lo de menos..Disculpas..
Respecto al rescatar un Pps de forma
Diferida, estoy de acuerdo en que la cantidad no rescatada permanece invertida y puede seguir rentando, pero las rentabilidades de las que hablas son de productos que trabajan en renta variable. O sea que también están sometidos a las fluctuaciones negativas.
¿Y si el primer año rescatas 10.000 y la rentabilidad baja un - 8%?
Al siguiente año el saldo disponible no sería de 90.000, sino del 8% menos, o sea 82.800€. Y sacando otros 10.000 para el año en curso. El resto serían 72.800€
Esto no ocurre con el PÍAS, porque al contratar la renta vitalicia, se asegura el total del capital invertido..
Respecto a los traspasos, SI. Los
PÍAS se pueden traspasar sin costes.
A vuestra disposición