#31
Re: ¿Planes de pensiones: pan para hoy y hambre para mañana?
Bueno. Te pierdes que las deducciones las aplicas sobre lo aportado y en el rescate tributaras por lo aportado más las rentabilidades obtenidas.
Haciendo unas cuentas rápidas con aportaciones de 8000 € al año durante 20 años, lo invertido son 160.000€ y la deducido sobre ese importe.
Con un PPs que merezca la pena, que menos que en esos 20 años se hubieran obtenido 80.000 € de rentabilidad, acumulando 240.000€, que será el importe por el que tributes.
Percibiendo esos 240000€ en 20 años, percibirás 1000€ al mes procedentes del PPs, y
es de suponer que a renta de trabajo alta le corresponderá una pensión de jubilación alta. La máxima se encuentra en torno a los 2700 € mes, por 14 pagas igual a 37.800€, más 1000€ por 12 pagas del PPs, suman un total de 49.800€, cifra por la que tributaras en torno al 32%.
Pan para hoy.....
Respecto a la reinversión en fondos del importe deducido, es una buena opción siempre
que tu declaración de la renta salga a devolver, pero mejor sería aportarlos a un PÍAS. El fondo tributará como rendimientos del capital, y en cambio el PIAS puedes rescatarlo como renta vitalicia quedando exento de tributación lo invertido y la rentabilidad obtenida.
Haciendo unas cuentas rápidas con aportaciones de 8000 € al año durante 20 años, lo invertido son 160.000€ y la deducido sobre ese importe.
Con un PPs que merezca la pena, que menos que en esos 20 años se hubieran obtenido 80.000 € de rentabilidad, acumulando 240.000€, que será el importe por el que tributes.
Percibiendo esos 240000€ en 20 años, percibirás 1000€ al mes procedentes del PPs, y
es de suponer que a renta de trabajo alta le corresponderá una pensión de jubilación alta. La máxima se encuentra en torno a los 2700 € mes, por 14 pagas igual a 37.800€, más 1000€ por 12 pagas del PPs, suman un total de 49.800€, cifra por la que tributaras en torno al 32%.
Pan para hoy.....
Respecto a la reinversión en fondos del importe deducido, es una buena opción siempre
que tu declaración de la renta salga a devolver, pero mejor sería aportarlos a un PÍAS. El fondo tributará como rendimientos del capital, y en cambio el PIAS puedes rescatarlo como renta vitalicia quedando exento de tributación lo invertido y la rentabilidad obtenida.