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Herencia de tierras

3 respuestas
Herencia de tierras
Herencia de tierras
#1

Herencia de tierras

Mi padre ha repartido los terrenos que tiene en el pueblo a mi hermano y a mi, pero mi padre no tiene escrituras de estas tierras (son antiguas de herencias familiares) ahora quiere dejarlo todo bien hecho, por lo que fue al Notario y por escriturar las tierras (primero a nombre de mis padres y luego a nombre de mi hermano y mio) nos cobran mas por las escrituras que por el valor de los terrenos.

¿Hay alguna otra forma de escriturar esto? Me han contado algo sobre la division de la propiedad o la distribuciónde la propiedad que se está haciendo en estos casos, pero no encuentro ninguna información.

¿Alguien sabe algo sobre este tema?

Muchas gracias.

#2

Re: Herencia de tierras

No hay ninguna otra forma de hacer la Escritura Pública.
Cuando el terreno nunca ha estado escriturado, y para evitar hacer un expediente de dominio o acta de notoriedad, siempre más largos y no menos costosos, los Notarios utilizan el procedimiento de hacer dos Escrituras Públicas.
Primero se hace la Escritura a nombre de una persona, y esa Escritura todavía no se puede inscribir en el Registro porque nunca ha estado inscrito el terreno, y luego se hace una segunda Escritura (de donación en este caso) que ya si se puede inscribir en el Registro de la Propiedad.
No hay otra manera de hacerlo. Preguntarle al Notario los costes exactos de las dos Escrituras más la inscripción en el Registro y estudier si compensa.
De todos modos, si se trata de una donación del padre a sus hijos, siempre hay que hacerla en Escritura Pública. Tambien puede dejar las tierras en el Testamento a los hijos, pero luego estaríamos en las mismas: no se pueden inscribir en el Registro porque nunca estuvieron escrituradas antes.

#3

Re: Herencia de tierras

Yo he tenido este problema varias veces. Al comprar un terreno para construir resulta que nunca había tenido Escritura Pública ni había estado nunca inscrito en el Registro.

La mejor solucíon, y con esto quiero decir la más rápida y la más barata, es hacer una Escritura a nombre del propietarios, sea cual fuese el título de adquisición.

Después, el propietario, que ya tiene Escritura Pública, vende a un tercero en Escritura Pública y ya si se puede inscribir en el Registro.

Los Notarios y Registradores se basan en una Norma que dice que quien adquiere un bien que ya tenía Escritura Pública puede inscribir su Escritura de compra-venta (o donación en este caso). Pero no se puede inscribir la primera Escritura cuando quien vende (o dona) no tenía previamente Escritura Pública.

#4

Re: Herencia de tierras

Tendrás que tener en cuenta también que según en que comunidad residas tendrás que pagar por cederte los terrenos como donación.