El indice de referencia sustitutivo que tienes es el CECA, que también desaparece junto con el IRPH Cajas. Si sigues leyendo en tus escrituras, seguramente indica que si no fuera posible aplicar el sustitutivo, se mantendría el último valor que haya sido posible calcular (o algun texto parecido) lo que significa que, (si no sacan un conejo de la chistera los del banco), te quedaria el ultimo IRPH Cajas aplicado como fijo hasta el final de la hipoteca o hasta que lo volvieran a publicar si fuera el caso.
Pero tal y como están las cosas el Banco de España puede (o mejor dicho debe) establecer unos criterios para estos cambios, que llegado el caso, (si se elevan al ministerio de economia y salen como, orden ministerial, o incluso decreto o ley) podrían estar por encima de lo dispuesto en las escrtituras. O hasta pueden echarse atras y continuar publicando el IRPH, quien sabe, son tiempos muy turbulentos.
Pero lo que si debes tener claro es que no te venda el banco una cuerda para que tu mismo te la pongas firmando alguna modificación sobre las escrituras, ahi parte siempre de la base de que no te van a ofrecer algo que no les beneficie a ellos, y desgraciadamente en un 99,9% de los casos si les beneficia a ellos, te perjudica a ti.