Hola. Llevo meses pensando en amortizar anticipadamente una cantidad de mi préstamo hipotecario convenido, correspondiente al Plan 2005-2008. Mi entidad bancaria me ha contestado algo similar a lo dicho por elbuby, que sólo puedo amortizar a partir de 1500€ (esto no me importa ya que mi idea es amortizar sobre 6000€), y que sólo puedo reducir cuota porque, palabras textuales de mi banco: "No es posible modificar el régimen de adelantos, ya que por convenio debe de ser a recálculo de cuotas." He leído y releído el Plan 2005-2008 y el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Vivienda y la Comunidad Autónoma de Galicia (mi caso), para aplicación del Plan Estatal 2005-2008, y no veo donde diga que sólo se puede rebajar cuota. Donde dice: "El préstamo tendrá un plazo de amortización de veinticinco años, o mayor previo acuerdo con la entidad prestamista." No habla para nada de la limitación a las amortizaciones parciales rebajando cuota. Si pudiésemos interpretar este párrafo como limitativo a las amortizaciones de plazo, entonces también estarían limitados los préstamos del Plan 2002-2005. Transcribo del BOE: "El préstamo tendrá un plazo de amortización de veinte años, precedido, en préstamos al promotor, de un período de carencia cuya duración máxima será de tres años desde la formalización del préstamo."
¿Alguien puede asesorarme con el objeto de AMORTIZAR REDUCIENDO PLAZO?
Gracias