Aquí no veo ningún embargo, son las cantidades por las que responde la finca en caso de ejecución de la deuda, lo cual no significa que se impague o que no esté al corriente de cuotas, normalmente las cantidades que se consignan como "responsabilidad hipotecaria" sobre la finca suelen estar entre el 150 y el 175% del importe de la hipoteca, si son 123800 pues por 150-160% verás que mas o menos cuadra ....
El valor del principal es lo que se prestó, y todo lo que se va rebajando no figura en el registro, se queda ahí hasta la cancelación.
Si compras esta vivienda, el propietario actual tiene que facilitarte un certificado de la deuda actual, o bien el últimor ecibo pagado, dónde figurará la deuda, y o bien la cancela él antes de venderte la finca, o se paga con parte del dinero que tu le entregas en el momento de firma en notaría.