A ver no se trata de nada de eso (ladrones ...) el cobro de esta comisión es totalmente legal, sin fisuras, repito absolutamente legal, lo que ocurre es que el Banco de España, entiende y recomienda que al ser una consecuencia de algo anterior, no debe cobrarse, ahora bien, insisto de nuevo "RECOMIENDA", por tanto no es ninguna norma (menos Ley) de obligado cumplimiento, para cobrar solo es preciso que tal comisión esté en las tarifas del banco, y éstas publicadas, nada más.
Lo que ocurre es que si reclamas al SAC, normalmente la devuelven, y si no lo hacen, nosotros en la web profesional hemos visto multitud de cartas de respuesta de dichos Servicios de Atención al Cliente, indicando que el cobro es correcto, incluso suelen indicar en que apartado de las tarifas aparece. Pero si luego vas al Banco de España y antes de que éste emita su informe, cuando le piden que aleguen en su favor, en este tipo de asuntos de pequeña cuantía, al menos hasta hoy, no alegan nada y proceden a la devolución al cliente.
Preguntarás ¿porque no dejan de cobrarlo, o como poco a la que reclames te lo devuelvan? muy simple, en España pataleamos mucho, pero reclamamos poco, por tanto si a 1.000 clientes que reclaman se les muestra el camino de primero el SAC y luego el Banco de España, la gente tiende a desanimarse ante tanta burocracia y si necesitas un asesor (no todo el mundo sabe como reclamar) acaba quedando en eso "pataleo", nada mas.
Bien, ni te preocupes por lo que les hayas escrito sobre la comisión, a efectos del Banco de España, no vale para nada (bueno si, pero solo como apoyo y demostar que les has requerido varias veces) sin embargo el documento "oficial" solo es la carta al SAC y su respuesta o no respuesta tras dos meses, lo que pidas a la oficina no sirve a dichos efectos.
El primer problema que te puedes encontrar es que no quieran ir a firmar al notario que tu elijas, que te pongan muchas pegas por ello, alegando que lo tienen todo centralizado en Barcelona, y las firman ahí (las de todas la oficinas de un período determinado, quince días o un mes por ejemplo, y con una sola salida a notario, firman 50 ó 100 operaciones), y claro en la central solo firman ante notario, luego contratan a una gestoria (con gastos a tu cargo, y la broma tepuede suponer 200 ó incluso 300 €) que liquida los impuestos que son cero, pero hay que presentar el modelo debidamente cumplimentado, que olvídate que puedas pedir al registro de la propiedad para que lo rellene, a no ser que tengas a algún amigo ahí, y te lo quiera hacer en su tiempo libre, y obviamente la gestoria se ocupa de registrar la "baja" de la anotación de hipoteca.
Entonces deberías dejarles claro y por escrito, recabando el sello de entrada con la fecha, que solo les pides que vayan a firmar la escritura de cancelación en tal notaria , porque si luego resulta que lo mandan a Barcelona y te salen con facturas de gestoria, tendrás un documento por el cual les advertiste que no estaban autorizados a ello con cargo a tu cuenta.... si quieres un modelo ahí lo tienes http://www.yoreklamo.com/documentos/20 (es barato, pero no gratuito) .
Una vez firmada por ellos ante tu notario, no harán nada más, tendrás tu que pagar al notario, tomar el documento, rellenar el impreso de liquidación de impuestos, y presentarlo en el Registro de la Propiedad, que cuando te llamen pagarás sus honorarios también y te devolverán el original.
Para reclamar los 120 € estos, que yo lo haría cuando esté todo OK, después de recoger la escritura en el registro de la propiedad, ahí también tienes un modelo http://www.yoreklamo.com/documentos/23 que también es barato, pero no gratuito.