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¿La subrogación se puede deducir?

2 respuestas
¿La subrogación se puede deducir?
¿La subrogación se puede deducir?
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¿La subrogación se puede deducir?

Hola!!!

He estado mirando el tema para subrogarme a otro banco, si merece la pena o no; y encuentro un artículo que dice que los gastos asociados a subrogación se consideran deducibles siempre que en la modificación no se incluya un aumento de capital. ¿Alguien me lo puede confirmar? ¿podría desgravar estos gastos en hacienda el año que viene, junto a las cuotas pagadas por mi hipoteca, tanto en un banco, como en otro?

Por otro lado encuentro información sobre el IAJD, que sólo se paga si amplío el importe del capital. ¿Es esto así?.

Un millón de gracias, saludos!!!

#3

Re: ¿La subrogación se puede deducir?

Gracias Alvaro!!!