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¿Dinero pagado por familiar por mi parte de herencia?. ¿Renuncia o aceptación?

6 respuestas
¿Dinero pagado por familiar por mi parte de herencia?. ¿Renuncia o aceptación?
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¿Dinero pagado por familiar por mi parte de herencia?. ¿Renuncia o aceptación?
#1

¿Dinero pagado por familiar por mi parte de herencia?. ¿Renuncia o aceptación?

Hola, he recibido llamada de un abogado por una herencia de una finca en las afueras de un pueblo por parte de mi abuelo que fallecio hace unos 30 años. Me pertenece una parte como heredero de mi padre. Hasta ahora ha estado viviendo en dicha propiedad (casa de unos 40+40m2 + terreno de 90 m2) mi tío con el con no he tenido comunicación. El abogado me dice que puedo aceptar la herencia o renunciar a la herencia, y en ambos casos mi tío me pagaría por mi parte unos 10.000 euros. La cantidad en que la tasan parece baja pero la podría aceptar. Aquí hay varios temas que no entiendo, y siento no entender de herencias:
1- Si mi tío me da dinero por mi parte de la herencia. ¿Es una aceptación de herencia + una venta privada? O solo es una aceptación de herencia.
2- ¿Cómo tributa en Hacienda?. Diferencia entre aceptar y renuncia.
3- En caso de renuncia, para evitar desplazarme, el dinero que me dan en cheque y en efectivo, ¿cómo se justifica?. Osea, si renuncio a una herencia ¿es posible cobrar por mi parte que se queda mi tío?.
4- Si no acepto ese dinero por ser poco, ¿debería aceptar la herencia a pesar del usufructo de mi tío mayor?¿o es tarde despues de 30 años?.

Muchas gracias

#2

Re: ¿Dinero pagado por familiar por mi parte de herencia?. ¿Renuncia o aceptación?

Hola,

No sé mucho del tema de herencias la verdad pero intentaré resolver tus dudas en la medida de lo posible:

1. Yo diría que es una aceptación de la herencia y una compraventa, sí, porque le vendes tu parte a él.

2. Si aceptas tendrás que tributar por ISD (Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones) y si renuncias pues en principio no tendrás que tributar por este impuesto porque no has heredado pero por la compraventa de la parte de la propiedad sí. 

3. En caso de renuncia de la herencia no puedes cobrar por esa parte sino que se supone que renuncias porque quieres, no a cambio de algo. Piénsalo bien porque el acto de renuncia es irrevocable y tendrás que hacerlo mediante escritura pública (lo que implica gastos de notaría).

4. Sobre si puedes aceptar la herencia después de 30 años no sé nada pero supongo que si se ha puesto en contacto contigo el abogado sí que puedes aceptarla. El usufructo es un derecho de uso y disfrute que implica muchas facultades por parte de tu tío osea que tampoco te sale rentable comprarla y arrendársela porque ya tiene derecho a estar allí, asíque yo intentaría negociar algo más y sino aceptar el dinero que te da.

Mi consejo es que aceptes la herencia en cualquier caso y que formalices bien la compraventa, no la escondas bajo otro contrato ni nada, declara los impuestos pero sobre todo formalizalo bien para asegurarte de que tu tío te paga. Si renuncias a la herencia esa propiedad ya no será tuya, no puedes echarte atrás y nada te garantiza que tu tío te vaya a pagar por algo que ya no es tuyo, y más si no has tenido relación con él.

#3

Re: ¿Dinero pagado por familiar por mi parte de herencia?. ¿Renuncia o aceptación?

La cosa no puede ser igual, si aceptas, la herencia está prescrita y no pagas por recibir tu participación, otra cosa es que se pague por exceso de adjudicación si se la adjudica tu tío y te compensa en metálico, eso habría que verlo si hay mas bienes, pero no por herencia.
Si renuncias y te da dinero, se trataría de una donación que tributa si o si, y bastante gravosamente entre tio-sobrino, si no recibes nada, pues nada.
La renuncia debe ser expresa así que tienes que firmar la escritura, en presencia o en representación. Si te compensa por tu parte, la escritura sería suficiente justificación del dinero recibido.
Tienes que decidir básicamente entre aceptar (y consensuar el pago de tu parte), o renunciar y no recibir nada si es que así lo prefirieras, yo descartaría la opción de renunciar y recibir bajo mano o sobre mano nada, ya que existiría una donación, y bastante absurda.

Un saludo

#4

Re: ¿Dinero pagado por familiar por mi parte de herencia?. ¿Renuncia o aceptación?

1. No tiene por qué instrumentarse así, aunque el efecto puede ser el mismo y el tributo es el mismo, se trata de un exceso de adjudicación, no de una compraventa real. Y si es el único bien, estaría exento, o sea que es mejor tratarlo como exceso de adjudicación, en una compra no hay escapatoria posible.

2. Las donaciones tributan en caso de tio-sobrino mucho mas que una compra, o sea que no es rentable ni razonable intentar hacerlo pasar como una donación.

Un saludo

#5

Re: ¿Dinero pagado por familiar por mi parte de herencia?. ¿Renuncia o aceptación?

Ya he dicho que no sabía mucho del tema.

Lo de hacer donación como compraventa lo he dicho al revés, me sonaba que muchas veces se simula una donación en vez una compraventa pero es al contrario, ahora lo corrijo.

#6

Re: ¿Dinero pagado por familiar por mi parte de herencia?. ¿Renuncia o aceptación?

No te preocupes, estamos aquí para ayudar y aprender.
Efectivamente, es mas común al revés, simular una compra para evitar pagar como donación.

Un saludo

#7

Re: ¿Dinero pagado por familiar por mi parte de herencia?. ¿Renuncia o aceptación?

Hola Edu

La historia que comentas me es muy familiar. No estarás hablando de una finca de Zaragoza, verdad???
Lo digo porque yo estoy en exactamente la misma situación que tú con idéntico problema y aún no sé que hacer en mi caso porque no acabo de entender el procedimiento de recibir un dinero a cambio de renunciar a una herencia, lo cual suena a dinero en B, y desconozco como tributa eso.

Un saludo