Toma de posesión una vez inscrita la vivienda en el registro de una adjudicación directa de Hacienda.
Hola buenas tardes un saludo para todos/a. Deciros que soy novato en esto, os pido por favor compresión, si no expongo con suficiente claridad la duda que tengo.
E adquirido una vivienda en la costa, en adjudicación directa en la Agencia Tributaria, me dieron el certificado de adjudicación y posteriormente esta incrita en el Registro de la propiedad a mi nombre con sus correspondientes impuestos abonados según la normativa vigente.
Se que e adquirido el titulo de propiedad pero no el de posesión de la vivienda, deciros que el anterior propietario reside en inglaterra y tiene las llaves entregadas a un señor de la localidad para su mantenimiento, me e puesto en contacto con el señor que tiene las llaves y me dice que reconoce que soy el nuevo propietario de la casa pero el dueño no lo localiza, despues de muchos intentos el dueño le dice por correo electronico que Hacienda se a equivocado y no tenia que haberle embargado. por lo que alega que le va a reclamar a la Agencia Tributaria.
Despues de cuatro meses el señor encargado del mantenimiento me dice que estaria dispuesto a entregame las llaves si el anterior dueño no le da instrucciones en las proximas fechas ya que son numerosas cartas de corte suministro electrico y otra deudas que recibe en el domicilio y hace caso omiso a esa correspondencia.
La pregunta es la siguiente ?debo cojerle las llaves al encargado si este me las da voluntariamente¿
¿Es legal ese tramite¿
?Debo irme al juzgado a reclamar la posesión de la finca, con el tiempo y el coste economico que eso tendria?
o el hecho de que el señor que actualmente tiene la llaves es el que dispone de la posesion y legalmente seria el que tiene valor juridico y no el anterior dueño que no le da istrucciones ni para negativo ni todo lo contario.
por favor haber si alguien me aclara un poco. Gracias