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Reparo de herencia con usufructo

6 respuestas
Reparo de herencia con usufructo
Reparo de herencia con usufructo
#1

Reparo de herencia con usufructo

Buenas dias.
Mi madre fallecio hace un mes y mi padre ya tiene 95 años. Somos cuatro hermanos y hemos pensado areglar la herencia y evitar dobles pagos por la edad de mi padre.
Los bienes son dos pisos y somos cuatro hermanos, dos hermanos estan interesados en quedarse los inmuebles dejandole el usufructo a mi padre hasta que fallezca, teniendo en cuenta que mi padre esta de acuerdo en donar su parte.

Mis hermanos me han dicho que se quedarian los pisos ahora ya a su nombre con el usufructo a nombre de mi padre, y cuando fallezca mi padre con el dinero que recibamos del banco podran pagarnos a los hermanos.

Si mi hermano y yo estamos de acuerdo esto se puede firmar en algun tipo de documento delante del notario.
Es que aqui en Valencia de momento esta exento el impuesto de sucesiones y así evitarnos gastos mayores.

¿Podemos valorar ahora los pisos pagar la correspondiente plusvalia y escriturar ya el piso a nombre de cada uno de los hermanos? ¿Mis hermanos deben abonarnos nuestra parte ahora o podemos esperar al fallecimiento de mi padre?
¿Que pagos hay que realizar por la compraventa y como se calculan? Un inmueble esta valorado en 100.000€ y el otro en 180.000€. Vivimos en la Comunidad Valenciana y de momento creo que estamos exentos del pago de sucesiones.


Muchas gracias

#2

Re: Reparo de herencia con usufructo

Buenas tardes, Carmen2569, parece deducirse del relato que sus hermanos ya están en manos de un/a abogado/a y ud. no; en tal caso, contrate uno/a que negocie los términos del acuerdo, que sí sería posible, tras estudiar todos los antecedentes y documentación.
Por mi parte, no entiendo a qué se refiere con evitar dobles pagos: si los hermanos piensan pagar con la herencia en dinero de su padre, esa herencia también será suya en parte, y tendrá que liquidar impuestos.
A su disposición,

#3

Re: Reparo de herencia con usufructo

Me parece una solución muy complicada y con muchos riesgos fiscales cuando tu padre tiene una edad muy avanzada, lo mejor sería esperar a su fallecimiento para adjudicar las dos herencias, o bien adjudicarse ahora solo la mitad y pagaros vuestra parte a los que no reciben inmuebles, lo de que se quede a cuenta de la herencia futura no lo veo claro.
Si se adjudican ahora el 100%, existe una donación desde tu padre a ellos del 50% que tendrá que tributar, aunque esté bonificada en este momento, y vosotros perdeis gran parte de la herencia. si luego tu hermano te compensa, se giraría por una donación también.
Vamos, mucho cuidado con la operación, o te pones en mano de un buen fiscalista, o las probabilidades de "cagarla" son muy grandes, y el notario va a hacer lo que tu le digas pero probablemente no te avise del coste fiscal.

Un saludo

#4

Re: Reparo de herencia con usufructo

Te explico con un ejemplo, si la herencia fueran los dos pisos y dinero, todo en gananciales pongamos de 100.000, lo lógico sería adjudicarse de esta manera según vuestras intenciones:
Al viudo le corresponde el usufructo de toda la herencia, que se valora según su edad en el 10%.

Herencia:
- 100.000/2= 50.000 valor piso 1.
- 180.000/2= 90.000 valor piso 2.
- 100.000/2= 50.000 valor del dinero que entra en la herencia.

total= 190.000
parte viudo= 19.000
parte hijos= 190.000-19.000= 171.000, entre cuatro, a 42.750 cada uno.

Adjudicaciones:
viudo: usufructo de todo= 19.000
10% mitad piso 1 (5.000)
10% mitad piso 2 (9.000)
10% dinero (5.000)
Total 19.000 igual a su haber.

HIJO 1
40% del total del piso (nuda propiedad de la mitad) piso 1= 45.000.
Como le corresponden 42.750, lleva un exceso de 2.250 que debe abonar a quien lleve de menos.

HIJO 2
40% del total del piso (nuda propiedad de la mitad) piso 2= 81.000.
Como le corresponden 42.750, lleva un exceso de 38.250 que debe abonar a quien lleve de menos.

HIJO 3
mitad del dinero restante: 45.000/2=22.500
Como le corresponden 42.750, lleva un defecto de 20.250 que debe recibir de quien lleve de mas.

HIJO 4, igual que el 3

Cuando muera el padre, se hace una adjudicación similar para que reciban la otra mitad de los pisos, volverán a surgir excesos de adjudicación para compensar a los que lleven de menos.

Si los excesos se plantean así, al ser bienes indivisibles, no tributarían por Transmisiones Patrimoniales.

Un saludo

#5

Re: Reparo de herencia con usufructo

Muchas gracias a todos por vuestras respuestas.
Mis hermanos al final han decidido uno de ellos de momento no quedarse una vivienda pero el otro hermano a decidido al final quedarse el inmueble y nos va a abonar ya nuestra parte. El inmueble que ronda los 100000 € vamos hacerle una rebaja a 75000 ya que se lo queda alguien de la familia y así tambien ahora el resto de hermanos recibimos un dinerillo que no nos viene nada mal.
Leopol72 comentas que como el usufructo se lo va a dejar de momento a mi padre mi hermano tendria que abonar parte de los 75.000€ a mi padre y parte a los hermanos.?
Me has asustado con el tema de los costes fiscales, no lo acabo de entender, porque tambien me dices que no se tributan transmisiones patrimoniales?
Me imagino que si mi hermano nos abona nuestra parte al percibir una cantidad economica tendremos que incluirlo en la declaracion de hacienda cada uno de los hermanos pero eso quiere decir que el pago a hacienda va a ser muy elevado?
estoy asustada haber si al final son mas los gastos que los ingresos.

Un saludo
Muchas gracias

#6

Re: Reparo de herencia con usufructo

Tu hermano no puede quedarse ahora con todo el piso ya que se transmite por herencia sólo la mitad; si se lo adjudica todo, tu padre o le está vendiendo su parte (tributa por Transmisiones patrimoniales), o se la está donando (tributa por donaciones).
Bueno, existe una manera, y es que al disolver la sociedad de gananciales, el viudo se adjudique bienes suficientes para cubrir el valor de la mitad de la sociedad, pero que entre ellos no se incluya esa vivienda, que se quedaría integra en la herencia. Entonces, podría adjudicarse el 100% uno de los herederos, pero entonces entraría en juego lo que te comento de los excesos de adjudicación, si surgen y son evitables, tributan por transmisiones también.
Lo que dices al final de la renta no es así, si tu hermano te compensa en dinero por llevarse mas parte de la herencia que la que le corresponde, no te afecta a ti en la declaración de la renta puesto que no hay incremento de patrimonio, en vez de recibir tu herencia en bienes, la recibes en dinero.

Un saludo

#7

Re: Reparo de herencia con usufructo

En cualquier caso, es peligroso no asesorarse bien cuando quieres hacer ese tipo de operaciones, luego os podéis llevar sorpresas desagradables que se podían haber evitado al estudiar el caso desde el punto de vista fiscal.

Un saludo

Guía Básica