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Afecciones en nota simple

5 respuestas
Afecciones en nota simple
Afecciones en nota simple
#1

Afecciones en nota simple

Hola a todos. Me acaba de llegar la nota simple de una vivienda que pretendo comprar y aunque he estado leyendo por el foro no me termino de aclarar con las siguientes afecciones que transcribo:

"AFECCION. Alegada exención, según copia que archivo, queda afecta esta finca, por CINCO AÑOS, al pago de la liquidación complementaria que, en su caso se gire, del I.T.P.A.J.D. por la MODIFICACION DE HIPOTECA a que se refiere la inscripción 6ª. Madrid a 4 de Noviembre de 2.011".

"AFECCION. Alegada exención , según copia que archivo, queda afecta esta finca , por CINCO AÑOS, al pago de la liquidación complementaria que, en su caso se gire, del I.T.P.A.J.D. por la DIVISION HORIZONTAL a que se refiere la inscripción 7ª. Madrid a 2 de Diciembre de 2.011"

"Una HIPOTECA a favor de la entidad CAIXABANK SA, para responder de: 107.975 euros de principal; intereses ordinarios del 4,97% del principal, por un total de 4.842,68 euros; intereses de demora por un total de 24.245,79 euros; unas costas y gastos judiciales de 5.511,32 euros con un plazo de amortización de 300 meses, a contar desde el 9 de Octubre de 2008; con un valor de subasta de 138.106,2 euros. Se fija como domicilio para requerimientos y notificaciones a la parte prestataria el siguiente: La finca de este número . El plazo es de 29 años a contar desde el día 9 de octubre de 2.008, e incluye un periodo de carencia de 4 años y 25 años de amortización.., el día 12/12/11. Por título de DISTRIBUCION DE HIPOTECA. Constituida en la inscripción 2ª de fecha 26/12/11".

"AFECCION. Alegada exención, según copia que archivo, queda afecta esta finca y 100 más, por CINCO AÑOS, al pago de la liquidación complementaria que, en su caso se gire, del I.T.P.A.J.D. por la DISTRIBUCION DE HIPOTECA a que se refiere la inscripción 2ª. Madrid a 26 de Diciembre de 2.011".

Mi duda viene con las afecciones relativas al I.T.P.A.J.D. La vivienda es un VPO nueva que ha estado vacía desde que se ofertó por primera vez allá por 2011. ¿Cómo es posible que haya estas afecciones si (en teoría) no ha habido ninguna transmisión?.

El tema de la hipoteca sí lo conocía, pues tengo la posibilidad de subrogarme a ella, aunque como está referenciada al IRPH creo que voy a pasar.

#2

Re: Afecciones en nota simple

Está afecta a posibles liquidaciones complementarias de ITPAJD derivadas de las operaciones de hipoteca que se le han hecho, y de la división horizontal que se hizo en su momento del edificio total para registrar los pisos por separado, no tiene nada que ver con transmisiones anteriores, que no debe haberlas.

Un saludo

#3

Re: Afecciones en nota simple

Gracias por tu respuesta.

¿Y quien respondería de esas posibles liquidaciones complementarias? ¿quienes las han originado o el futuro titular, es decir, yo?. Además, como comentaba, si todo deriva de la hipoteca que ya tiene constituida, pienso cancelarla con su correspondiente inscripción registral.

#4

Re: Afecciones en nota simple

LA finca responde también como una de las últimas opciones en caso de que el deudor no pague. Todas vienen originadas de operaciones anteriores, cuando la compres, quedará también afecta a los impuestos (ITP y AJD) que te corresponda pagar a ti.

Un saludo

#5

Re: Afecciones en nota simple

Añadir a lo dicho por Leopol que no las veas tan problemáticas dichas afecciones, no he conocido hasta ahora nadie que, comprando con estas, las hayan hecho valer...

#6

Re: Afecciones en nota simple

Muchas gracias a ambos.