Nosotros vivimos en una vivienda comprada por prestamo cualificado, es decir, en un principio no era vivienda protegida pero al solicitar las ayudas para la misma me las concedieron y la calificaron como tal. En Castilla y Leon, la cosa va a asi segun el plan 2005/2008:
1.- Durante los 5 primeros años no se puede amortizar o deberas devolver todas las ayudas.
2.- Hasta los 10 años no puedes alquilar, transmitir o ceder la vivienda de ningún modo. Si lo hicieras deberias devolver las ayudas recibidas integramente mas los intereses. Además... primeros deberias comunicarselo a la Junta para que te concedieran la descalificacion de la vivienda con el reintegro pertinente de las ayudas, sino es asi el banco nunca cancelará el credito. (Si vendes o alquilas sin descalificar tienes unos topes máximos en el precio)
3. Pasados 15 años ya puedes solicitar la descalificación voluntaria sin tener que devolver nada y puedes vender ó alquilar a precio libre.
4. Hasta los 10 años la vivienda debe de ser el domicilio habitual y permanente. Ojito con esto, si ya no vas a hacer mas revisiones porque no vas a renovar la subsidiacion la Junta no suele revisar los empadronamientos, pero puede hacerlo de oficio en cualquier momento y si no estas alli empadronada tendrias multa y reintegro de todo + intereses... es mejor que sigas "empadronada" alli hasta que pasen esos 10 años.
- Esto es en CyL y para el plan 2005/2008. En tus escrituras vendrá bien definido todo lo que te he contado con sus respectivos cambios, si los hubiera. Para cualquier duda mejor pregunta en la Junta o Conselleria que te corresponda.
Espero haberte ayudado.
Un saludo.