Re: ¿Donde meter el Seguro Hogar en la Declaracion?
Yo lo sumo a lo pagado por capital e intereses.
Es un gasto obligatorio así que pa la saka.
Saludos
Yo lo sumo a lo pagado por capital e intereses.
Es un gasto obligatorio así que pa la saka.
Saludos
Hombre, el seguro antiincendios es obligatorio así que entra.
Y el resto de productos depende: en una bonificada te ves obligado a tenerlos y si el compromiso es de palabra y cumples...yo los he metido siempre.
Saludos
Pregunté en Hacienda y me dijeron que sumara el seguro de hogar al capital e intereses de la hipoteca pero siempre que el seguro fuese obligatorio para formalizar la hipoteca. Respecto al seguro de vida, sin embargo, nada de nada. Así lo llevo haciendo desde 1996 y sin problemas.
Hasta que nos hagan una revisión a fondo y nos pillen.
Saludos
¡Pero si me dijeron ellos que lo hiciese! Además, todos mis compañeros de trabajo que tienen hipoteca lo hacen. Sinceramente, creo que es legal. Bueno, en todo caso, ¡hasta que nos pillen!
Por lo que se ha apuntado puede que legal sea, si bien en algún caso “cogido” con pinzas, pero me temo que de entrada hay un problema de “automatización”, sabes sin duda que la inspección tributaria funciona con cruces de datos, vamos que si los datos que ellos tienen como por ejemplo tus retenciones del trabajo comunicados por tu empresa, comparadas con los ingresos que declaras, tus ingresos por capital, comparados con los que declaran tus bancos y cajas, y las cuotas hipotecarias que declara tu banco/caja, comparadas con las que declararás tu en tu declaración, y esto no les cuadrará, con lo cual no me extrañaría que recibieses algún requerimiento de estos que los sistemas informáticos de la Agencia Tributaria emite, para que facilites los justificantes y si esto te ocurre ya la tenemos liada, porque tal como indica la consulta reproducida antes “primas de los contratos de seguros que se acostumbra a incluir en las condiciones de los prestamos hipotecarios”, ya que entiendo que podrás demostrar que el seguro de incendio es una obligación hipotecaria que se indica en tu contrato (escritura), pero dudo que dicha escritura diga nada sobre el seguro de vida, revísalo y creo que no sale.
Pues eso dije antes, que desde Hacienda me comentaron que podía incluir el seguro de hogar dado que fue una exigencia para la formalización de la hipoteca pero que del seguro de vida nada, que ese no lo podía añadir, y nunca lo he hecho.
Hombre, no pienso que esté cogido por pinzas ni traido por los pelos. Aunque no conste como obligación en la escritura hipotecaria, no creo que nadie suscriba un Seguro de Vida poniendo al Banco como beneficiario (en lugar de poner a su familia) para el caso de muerte o invalidez absoluta y permanente, hasta el capital pendiente de amortizar el préstamo, y que lo haga 'voluntariamente'.
La simple presentación al funcionario de Hacienda de la Póliza de Seguro, en la que conste como beneficiario la Entidad por razón del Préstamo Hipotecario, debería servir para demostrar la "obligatoriedad" de la contratación de dicho seguro, y por tanto, su carácter de gasto necesario para la concesión de la hipoteca.
S2