Re: Clausula suelo CAJASUR
Buenos días,
No entiendo muy bien la explicación que das, si el banco se ha allanado a la demanda solicitando la no imposición de costas el Juez resolvera en Sentencia sobre si procede la condena en costas. En caso de que hubieras realizado la reclamación del RD 1/2017 habría condena en costas. No sé porque teneis señalada audiencia previa, como no sea para discutir las cantidades o las costas, hablo sin tener el expediente y desconozco cual es el suplico de tu demanda o la contestación del banco con el allanamiento. Pero si el banco se ha allanado vas a tener una sentencia favorable por lo que carece de sentido evitar la celebración de la audiencia previa cuando tienes el pleito ganado dado el allanamiento del contrario.
Saludos,
Federico Wahnich