Re: Clausula suelo CAJASUR
Hay una cosa que se me olvido decirte cuando te conteste a este post.
Dices "luego tengo entendido que el capital pendiente de amortizar deberia de ser inferior al que me queda actualmente".
Vamos a ver, diferenciemos dos cosas:
1 - CAPITAL A DEVOLVER - Cantidad que te anticipa el banco para comprar tu vivienda, Esto no varía para más, salvo que pidas un nuevo credito, sólo varía para menos en cada cuota que pagas mensualmente
2 - INTERES .- Euribor mas diferencial en la gran mayoria de prestamos hipotecarios, (limitado por efecto de la CS en el porcentaje que se estime en la Escritura).
Tú lo unico que estás reclamando es INTERESES COBRADOS DE MAS POR EFECTO DE LA CS, el capital no tiene nada que ver en estas reclamaciones, si el banco te presto 90.000 euros, 90.000 euros que pagaras de CAPITAL y a ese capital le sumaras los intereses