En principio, TODOS aquellos que lo estimen oportuno, no tienen porqué recurrir a los servicios de una gestoría. Si el comprador quiere realizar por sí mismos los trámites, está en su derecho.
Algunas veces, puede estar justificado el gasto de la Gestoría, bien sea porque los horarios de trabajo no nos permitan ''perder una mañana'', o por la comodidad y seguridad de que otro nos hace las gestiones. Ahora bien, no es excusa que el proceso sea complejo, como tampoco lo es el no saber cumplimentar los modelos para pagar los Actos Jurídicos Documentados, o la inscripción en el Registro, ya que en todos estos sitios, hay personal encargado de AYUDAR a todo aquél que lo precise, e incluso que le rellenen todos los datos si fuera conveniente.
Ahora bien, en los casos en los que además de la escritura de compra / venta, ADEMÁS se firma una
hipoteca, ''del dicho al hecho hay mucho trecho''. Es decir, en la práctica, NUNCA podremos evitar que una gestoría nos tramite la escritura ante el Registro de la Propiedad, por UNA IMPOSICIÓN de la entidad financiera.
El motivo es muy simple: La hipoteca de una vivienda implica que es la propia vivienda la que sirve como AVAL en el supuesto de impago. Por lo tanto, el banco necesita asegurarse, al MÁXIMO, que la inscripción en el Registro de la escritura de compra - venta y de la hipoteca se va a realizar de forma correcta, o en su defecto, y ante cualquier imprevisto, la Gestoría le va a avisar, sin demora alguna, de todo lo que concierne o suceda.
Además de ello, las Gestorías disponen de un seguro de Responsabilidad Civil, para que en el caso de hacer un trámite de forma incorrecta, y que se le pueda exigir una indemnización, estén cubiertos por dicho seguro.
Imagine que el usuario no actuara correctamente, y por error, omisión, mala fe, etc, el usuario NO inscribiera correctamente la escritura en el Registro de la Propiedad, y llegado el caso, el banco / caja, no pudiera embargar la vivienda para cobrarse un posible impago de la hipoteca. ¿a quién podría pedir responsabilidades el banco si el cliente ya de por sí es un moroso?.
Además de todo lo anteriormente comentado, como es un gasto que PAGA EL USUARIO, muchas veces es el banco / caja quién tiene sus propias gestorías, o bien convenios de colaboración con gestorías (cobra comisión), por lo tanto, siempre es un ''negocio'' más que aportar al grupo empresarial y a la cuenta de resultados.
Ya puestos a necesitar hacer los trámites, irremediablemente y por imposición de la entidad financiera, uno podría plantearse hacerlos a través de una gestoría de su confianza. ¿creen que si dicha gestoría no es de la confianza del banco le van a dejar hacerlo?. NO.
CONCLUSIÓN: no nos esforcemos en imponer una gestoría determinada, ni nos esforcemos en querer hacer directamente los trámites, es INÚTIL, ya que el banco NO va a aceptar, otra cosa seria que no se tuviera que pedir hipoteca al banco en este caso podriamos realizar nosotros mismos los tramites y llevarlos ante notario