[DUDA] DECLARACION FISCAL de la devolución de la Cláusula Suelo - RENTA 2016 - casillas 524 y 526
Buenas
En el año 2016 llegué a un acuerdo extrajudicial, el cual fue homologado con posterioridad, en el cual la entidad bancaria me eliminaban la CLAUSULA SUELO de mi préstamo hipotecario, y me devolvían TODAS LAS CANTIDADES cobradas de más por la aplicación de dicha cláusula desde SEPTIEMBRE de 2013 a NOVIEMBRE DE 2016.
La entidad, en la liquidación a dicho acuerdo, me desglosó 13000 y pico euros de intereses en el campo de intereses de mi préstamo y 4000 y pico euros (con símbolo negativo) en el campo de principal. Por lo que se me redujo el principal pendiente en la cantidad expresada de 4000 y pico euros, y la CANTIDAD ABONADA en cuenta fue la DIFERENCIA de los intereses con el capital amortizado, ES DECIR, la cantidad abonada fue 8000 y pico euros.
Para la RENTA de 2016, me adjunta la entidad bancaria INFORMACION FISCAL con relación a la devolución de la clausula suelo, donde se observa los ejercicios 2013, 2014, 2015 y 2016, indicándome en cada uno de ellos el capital amortizado e intereses restituidos, pero en base a las cantidades de 4000 y pico del CAPITAL Y los 13000 y pico de los INTERESES....
Según dispone AEAT en la disposición adicial CUADRAGESMA QUINTA de la LEY 35/2006 de 28 de Noviembre:
- NO SERA DE APLICACIÓN PARA LA REGULARIZACION LAS CANTIDADES DESTINADAS A LA AMORTIZACION DE PRINCIPAL DEL PRESTAMO; POR SU PARTE DICHA REDUCCION TAMPOCO GENERARA DERECHO A APLICAR DEDUCCION POR INVERSION EN VIVIENDA HABITUAL.
- EN LA RENTA 2016, SE REGULARIZADA, en caso de acuerdo (mi caso), LAS CANTIDADES DEDUCIDAS EN LOS AÑOS 2012, 2013, 2014 Y 2015 (en mi caso 2012 no y 2013 solo parte).
- LOS INTERESES DEL AÑO 2016, NO SE TENDRAN EN CUANTA PARA APLICAR LA DEDUCCION EN VIVIENDA EN DICHO AÑO.
DUDA:
SI ME ABONAN 8000 Y PICO EUROS, QUE ES LA CANTIDAD RESULTANTE de restar los intereses restituidos y el capital amortizado…
1.- ¿Qué base utilizo para el calculo de la casilla 524 y 526 de los ejercicios 2013,2014 y 2015? ¿La de los intereses restituidos (13000 y pico euros)? ¿o la diferenciadel calculo del INGRESO OBTENIDO de los 8000 y pico euros, restando a dichos intereses restituidos el capital amortizado, en cada año? (Entiendo que esto ÚLTIMO sería lo lógico, ya que el dinero obtenido por devolución de cláusula ha sido esa cuentía, no? )
Espero noticias de los expertos.
SALUDOS.