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Inquilino no paga comunidad

6 respuestas
Inquilino no paga comunidad
Inquilino no paga comunidad
#1

Inquilino no paga comunidad

Hace un par de años que un tío murio. Nos dejó en herencia un piso que está alquilado con un contrato desde el año 1992.
Actualmente el alquiler es muy bajo y lo que realmente nos interesa es vender el piso ya que ningún familiar reside a menos de 500 km de distancia de él. El inquilino muestra por un lado interés en la compra y por otro nos dice que esperemos porque tiene dinero invertido en la bolsa y está esperando a que suba...

Según tengo entendido tenemos obligación de ofrecer al inquilino el piso para comprar antes de ponerlo en el mercado libre. Es decir, necesitamos su firma afirmando que ahora mismo no lo quiere comprar. Es posible poner el piso a la venta con el inquilino dentro? Tiene el inquilino la obligación de mostrar el piso a los posibles interesados?

Acabamos de enterarnos que lleva dos años sin pagar la comunidad, a pesar de que está explicitamente estipulado en el contrato. Es posible comenzar con un proceso contra el inquilino y forzar su cambio de residencia por no pagar la comunidad a pesar de que paga el resto del alquiler?

Muchas gracias de antemano

#2

Re: Inquilino no paga comunidad

Bueno, sin querer sustituir a un abogado en ejercicio, creo que si en el contrato estipula que él paga los gastos comunitarios y no los paga podría ser motivo de rescisión de contrato por incumplimiento, pero por otro lado, si consideramos ese pago como parte del alquiler, tenéis que reclamarle el pago de modo fehaciente, posteriormente, si no paga, viene la demanda, y él en cualquier momento del proceso puede abonaros ese importe y que no se continue el proceso, eso puede hacerlo 1 vez según cuando se hizo el alquiler (creo que desde la ley del 92), o todas las veces que quiera si es el contrato anterior, con lo de hacerlo 1 vez me refiero a que si luego vuelve a dejar de pagar y quiere volver a pagar cuando se le demande, entonces no se admite ese pago para paralizar el proceso de eyección, al decir que es justo del 92 habría que ver con que ley se hizo.

En cuanto a vender el piso con inquilino claro que se puede, lo único que el precio que pactéis con un posible comprador, el inquilino tiene derecho de retracto, es decir puede decir por ese precio me lo quedo yo y tiene preferencia, pero vender un piso a precio de mercado (no demasiado alto o bajo para que no pueda impugnarlo por fraude, si es bajo pq se supone que se lo quedará, pero aún así puede decir que es una donación encubierta, y si es alto, puede decir que no es el precio real, no es fácil que gane un juicio de ese tipo pero os puede tocar las narices) con inquilino dentro es perfectamente legal, además que es una medida de presión porque si lo compra alguien que no tenga primera vivienda puede desalojar al inquilino en un plazo bastante breve de tiempo, con lo que si vé que tomáis acciones decididas pues igual se apresura más en decidirse.

En cuanto a lo de enseñar el piso, pues ahí creo que hay que ir al contrato a ver que dice sobre visitas al inmueble, no recuerdo lo que dice la ley sobre el particular la verdad, aunque creo que el propietario por defecto puede visitar el piso cuantas veces quiera, siempre avisando etc.

De ahí a que lo enseñe él va un abismo, logicamente él lo tendrá lo peor posible para que nadie lo compre si como dices tiene un alquiler bajo, de todos modos el que se suele interesar por este tipo de pisos con inquilino no es el cliente de compra de pisos final, sino intermediarios que hacen negocio, buscando un precio más barato por el piso al estar alquilado y luego buscando el comprador cuando consiguen que se vaya el inquilino.

Saludos.

#3

Re: Inquilino no paga comunidad

Muchas gracias por tu respuesta.

Resulta que nos hemos enterado que mi tío ya estuvo en juicios con el susodicho inquilino porque este estuvo mucho tiempo sin pagar el alquiler. Ganó el juicio mi tío. Lo que me extrana es que luego siguiera en el piso y no rompiera el contrato.

Dónde puedo informarme sobre la ley que es válida para este contrato? En el contrato hay un momento que se menciona el art. 9 del R.D: Ley de 30 de Abril de 1985.

Me podéis recomendar a algún abogado especializado en este tipo de casos?

Muchas gracias de nuevo

#4

Re: Inquilino no paga comunidad

Yo a finales de los 80 firmé un contrato de alquiler donde en una clausula renunciaba al derecho de retracto.

#5

Re: Inquilino no paga comunidad

Es un pacto que se puede hacer, parto de la base de que eso ya lo han mirado y no hay renuncia expresa al retracto, si la hay pues una cosa más que tienen ganada.

en cuanto a la ley debería poner en el contrato la ley que regula todo aquello no expresamente pactado, sino pone nada pues preguntando a un abogado, o por la fecha del contrato, si es anterior a la ley del 92 que no recuerdo de cuando es, pues será con la del 85, si es posterior será con la del 92.

Abogado no te puedo recomendar,al menos por mi parte, pero vamos no es un tema demasiado complicado juridicamente, un buffete que lleve temas inmobiliarios dfebería tener algún letrado que sepa de que va ésto.

Saludos.

#6

Re: Inquilino no paga comunidad

Para rato compraría yo un piso con "bocho" dentro.

Saludos

#7

Re: Inquilino no paga comunidad

No te compliques primero echa al inquilino y luego ponlo a la venta,te ahorraras problemas.