Duda contrato arras
Buenos dias, tengo varias dudas sobre un contrato de arras que firmé hace un par de meses ya que había que hacer un par de cambios en el contrato y por eso no se firmó este directamente. Es sobre un edificio todavía en construcción.
"La entrega a cuenta queda garantizada por aval Bancario otorgado a favor del promotor por la entidad financiera, quien emitirá certificado individualizado para el cliente bajo el número de expediente cobertura xxxx. Este certificado garantiza la devolución de las cantidades entregadas a cuenta más los intereses legales hasta el momento efectivo de su devolución para el supuesto de no obtención de la Calificación definitiva.
Esta reserva tendrá validez de tres meses desde la firma del mismo, prorrogándose automáticamente por tres meses más, salvo que cualquiera de las partes, con anterioridad al vencimiento del plazo inicial, comunique por escrito su decisión de no prorrogarlo, o que se den las condiciones necesarias para proceder a la firma del contrato, en cuyo caso la promotora notificará al cliente cual es la fecha para la firma de dicho contrato.
En este acto se pacta expresamente que, si transcurrido el plazo, el CLIENTE no formalizara el contrato privado de compraventa del inmueble, dicha promotora, tendrá derecho a retener un treinta por ciento (30%) de las cantidades entregadas por el CLIENTE en concepto de reserva, obligándose a restituir el resto. El CLIENTE, por su parte, deberá devolver el AVAL BANCARIO entregado.
Conforme a la normativa de aplicación y a lo pactado en el presente contrato, la devolución de las cantidades entregadas a cuenta del precio de compraventa, dicha devolución al CLIENTE se llevará a cabo contra la entrega del referido aval, siendo esta entrega condición esencial para la devolución de las cantidades entregadas a cuenta."
He cortado partes para poner lo más importante. Este contrato de arras finaliza en un mes, aunque en principio si ninguna de las partes dice lo contrario, se prorroga por 3 meses más. Mi duda es cuando no me fijé en que en caso de echarme atrás se quedan con el 30% de las cantidades entregadas (esto no es problema, ya que no tengo intención de hacerlo) pero no veo que ponga lo mismo en caso de echarse atrás la promotora. Y el problema es estar esperando y que por alguna de aquellas cancelaran la venta (cosa que dudo, ya que es una promotora bastante conocida, pero por si acaso)
También pone que he de devolver el aval bancario para la devolución de las cantidades entregadas. En el primer párrafo que puse, está indicado el banco que corre con el aval y el número de cobertura, pero a mi no se me entregó ningún aval por escrito en la firma del contrato de arras, por lo tanto no puedo devolver nada. Imagino que hace referencia a que ese aval bajo el número "xxxx" el banco se lo devuelve a dicha promotora, pero al no habermelo entregado en la documentación firmada en su momento tengo mis dudas de si podría suponer un problema en caso de que la promotora se echase atrás, gracias.
Un saludo.