Con permiso de Karnia y aprovechando el título de este hilo, quería exponeros nuestras dudas también en relación con lo mencionado.
Actualmente estoy casado desde 2010 con mi mujer en régimen de bienes gananciales y tenemos una hija en común desde el 2015. Os queriamos preguntar sobre el planteamiento que se nos presenta de cara a comprar una vivienda nueva que nos la entregan ahora en 2019.
Mi mujer en 2006 compro de soltera y antes de conocernos una vivienda (aparece ella sola en la escrituras) solicitando un préstamo hipotecario, en 2008 nos conocimos y empezamos a convivir en esa vivienda, ella seguía pagando su hipoteca (yo siempre he querido que sea así y en todo momento sus pagos de letra salían de una cuenta suya) y yo aportaba a la convivencia otros muchos gastos debido a que mi sueldo triplicaba el suyo.
En 2010 nos casamos en bienes gananciales (mencionar que cada uno sigue teniendo sus cuentas bancarias aunque creo que esto es irrelevante) y en 2015 nos mudamos de casa a una vivienda de alquiler al tener nuestra hija y la suya de soltera en la que vivíamos se pone también en alquiler.
Ahora en 2019 nos entregan una vivienda que hemos comprado (rezando los dos en el contrato de compra-venta) y de la cual estamos pendiente de escriturar, surgiéndonos varias dudas.
Ella tiene su bien privativo antes de la sociedad ganancial (su vivienda de soltera) entendiendo que una vez nos casamos ella es deudora a la sociedad de gananciales en la parte que me corresponde del pago de la letra de su hipoteca, y que a día de hoy se sigue pagando ese préstamo hipotecario.
Es ahora cuando vamos a adquirir una vivienda en sociedad de gananciales y siendo esta la que va a ser nuestra vivienda habitual, cuando nos surgen dudas de cómo podríamos hacerlo, debido a que ya hemos hablado de ello los dos y entendemos de que ella ya tiene un bien privativo (parte pagado con dinero suyo de soltera y parte pagado de la sociedad de gananciales) y que yo he aportado y aporto sobre el 75% de los ingresos a la sociedad ganancial y no tengo ningún bien privativo (excepto los ahorros de antes de casarnos, pero que es difícil demostrarlos a día de hoy).
Alguien nos puede sugerir que poder hacer con lo que acabamos de exponer,
-si realizar alguna capitulación matrimonial en la cual conste que la vivienda nueva figure como en reparto de un 60-40% (como ejemplo) en caso de disolución de la sociedad ganancial y que también conste en las escrituras…
-si hacer una separación de bienes (no sé cuál es la diferencia entre esto y las capitulaciones matrimoniales).
-si se puede escriturar la vivienda a nombre de uno de los cónyuges…
Alguna recomendación al respecto os lo agradeceríamos.
Pretendemos hacer la consulta también al notario donde se va a escriturar la vivienda nueva, pero desconocemos si este tipo de consultas tienen coste, si ciertos tramite como es una capitulación matrimonial tiene que redactarlo un abogado.
Os pedimos disculpas si nos hemos extendido demasiado, pero en todo momento hemos querido exponer nuestro caso lo más detalladamente.