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Comprador de vivienda, modalidad: alquiler con opción a compra.

3 respuestas
Comprador de vivienda, modalidad: alquiler con opción a compra.
Comprador de vivienda, modalidad: alquiler con opción a compra.
#1

Comprador de vivienda, modalidad: alquiler con opción a compra.

Buenas tardes, soy nuevo en el foro, gracias por darme la oportunidad de participar.

Abro este tema porque ha llegado el momento en mi vida de hacer una compra de una vivienda, y quiero hacerla con la modalidad de "alquiler con opción a compra", pero tengo varias dudas:

1) ¿Es recomendable redactar el contrato de compra + alquiler con un abogado? veo modelos en internet pero si hubiera algún error el primer perjudicado creo que seré yo como comprador.

2) El actual propietario está pagando la vivienda actualmente mediante préstamo hipotecario, es decir, que aún no es su propiedad al 100% ¿qué problemas puedo encontrarme?

3) Según he leído, se recomienda ir al registro de la propiedad con el contrato de alquiler con opción a compra, e incluso llevarlo al notario, por si el propietario tuviera algún problema (fallecimiento, embargos, etc) y así yo me curo en salud, ¿cierto? ¿qué suele costar el notario?

4) Estaré 3 años de alquiler, finalizado el periodo, ejecutaré mi opción de compra. Durante el alquiler, realmente no soy aún propietario, ¿Esto que problema me supone de cara a decidir en la comunidad de vecinos, futuras derramas, etc? durante el periodo de alquiler ¿quién paga el IBI?

5) ¿Qué impuestos debo pagar como comprador?

Creo que no me dejo nada, gracias de antemano.

Saludos.

#2

Re: Comprador de vivienda, modalidad: alquiler con opción a compra.

Por seguridad del comprador (por ahora arrendatario) deberíais inscribir el contrato. En caso contrario, el propietario puede vender esa vivienda a cualquier persona y tú perderías la posibilidad de ejercitar la opción y sólo podrías pedir al vendedor responsabilididad por los perjuicios causados. Si lo quereis inscribir tenéis que hacer escritura pública y llevarlo al Registro.

El coste de la factura de notario y de registro dependen del precio que se le dé al arriendo y a la opción.

El hecho de que la finca no esté pagada porque hay una hipoteca pendiente no implica que el vendedor no sea propietario. Si cuando ejercitas la opción queda hipoteca pendiente, parte del dinero que le pagues se destinará a cancelar la hipoteca y listo.

Mientras estás de alquiler, como dices, no eres propietario, por lo que no asistes a la juntas de propitario ni pagas el IBI, aunque aquí las partes pueden pactar lo que quieran (sin efectos en el caso del IBI frente a la Administración).

Hay que liquidar el impuesto por el alquiler y por la opción. El alquiler tributa al tipo que determina la comunidad autónoma multiplicado por la renta anual y por el plazo de duración del contrato, en tu caso 3 años. La opción tributa al tipo que determina la comunidad y sobre el valor que se le dé (si no se le da valor o es inferior, será el 5% del precio del contrato). (En Catalunya el arrendamiento tributa al 0,5% y la opción al 10% si recae sobre inmuebles). Cuando ejercites la opción, tienes que liquidar por el precio de compra total, sin poder deducir lo ya pagado por la opción.

 

#3

Re: Comprador de vivienda, modalidad: alquiler con opción a compra.

Muchas gracias, muy clarificador.

#4

Re: Comprador de vivienda, modalidad: alquiler con opción a compra.

Buenas a todos, otra duda que me asalta, si todos los muebles están incluídos en la venta, ¿hay que plasmarlo también en el contrato? Saludos.