Pide una certificación al registro de la propiedad, si los embargos tienen más de 4 años, y los proveedores no los han renovado, están caducados y con la certificación van a desparecer. Pero si los proveedores han ido renovando tales embargos, no los podrás eliminar, salvo si pagas.
Evidentemente se puede convocar a los proveedores a la firma de la venta en notaria, y con el dinero de tal venta, pagarles, y que ellos firmen ahí mismo la renúncia a los derechos de embargo. Bueno técnicamente tu comprador tendría que pagar en varios cheques, para entregar las cantidades a los proveedores, pero vamos no es la primera vez y tampoco es necesario que estén ahí con tus compradores, los ponen en otro despacho, el notario les entrega los cheques, firman, el notario inserta en la escritura que previamente a la venta, los embargos han sido cancelados ante él, cuando llegue esto al registro los daran de baja ...... y en paz.