Avalista vs. Titular Préstamo
A ver si me alumbráis con esta duda. Qué diferencia existe (tanto a nivel legal, como práctico) entre ser avalista, o titular (sin ser propietario de la vivienda) de un préstamo hipotecario.
Saludos.
A ver si me alumbráis con esta duda. Qué diferencia existe (tanto a nivel legal, como práctico) entre ser avalista, o titular (sin ser propietario de la vivienda) de un préstamo hipotecario.
Saludos.
El ser avalista en un préstamo hipotecario supone una garantía para el banco;debemos tener en cuenta que tras un impago parcial de la deuda, se da inició a un proceso de cobro de las cuotas pendientes, claro está con unos cargos adicionales por incumplimiento. Pero cuando el titular del préstamo no pueda saldar la deuda, se recurrirá a su aval, en caso de que haya uno, y si no se da inicio a un procedimiento legal. En este orden de ideas, los riesgos del aval inician con el incumplimiento del pago. Los riesgos en los que puede incurrir un aval son:
•Pago de la deuda: El avalista puede ser quien termina pagando la deuda que no fue contraída por sí mismo.Esto ocurre cuando el banco no consigue que el titular pague la cuota estipulada.
•Proceso legal: Cuando hay una morosidad en la deuda por impago, el aval puede verse involucrado en un juicio.
•Riesgo sobre el patrimonio: Sí el avalista dejó su vivienda como garantía, tras incumplimiento de pago por parte del titular, entra en riesgo el patrimonio sobre la vivienda del avalista.
•Riesgo por embargo: Puede llegarse a un embargo ya sea de su nómina, vivienda o demás bienes con los que avaló el préstamo. Finalmente el avalista podría perder parte de su patrimonio, con el saldo de la deuda.
•Pérdida de posibilidades de préstamos futuros: Ser un avalista de un tercero puede disminuir las posibilidades de obtener un préstamo para sí mismo, dado que en algunos casos las entidades pueden negarse si el solicitante se encontrase como aval o garantía en otro préstamo. Esto puede pasar porque la entidad puede considerar que la carga bancaria de la persona es considerable. No obstante, en el momento en el que el aval cuente con la solvencia económica suficiente para avalar un préstamo de un tercero y ser al mismo tiempo el garante de su préstamo, no se tiene ningún tipo de inconveniente. Ante esta situación, las entidades bancarias llevan a cabo un estudio de riesgo.
Saludos
Titular: La deuda es tuya y eres quién, según contrato, se compromete a pagar cada vencimiento (el recibo de cada mes).
Avalista: Garantizas al hipotecante (Banco) que si el titular no paga lo harás tú. La deuda no es tuya.
Y puede que no precisamente por este orden, recordemos RENÚNCIA EXPRESA A LOS BENEFICIOS DE ORDEN, DIVISIÓN Y EXCUSIÓN.
Hace poco escribí un post sobre esto, nada que tu no sepas, amigo "Cajero", pero puede que otros no lo tengan tan claro.
Ponente Landri .... si te vale .... ahí lo tienes, pero te aviso es una parrafada de las que acostumbro a "meter" en el foro de vez en cuando.
Recupero éste hilo por una duda un tanto parecida.
Un familiar necesita que le avale para una hipoteca de una vivienda de la que sería heredero. Qué es mejor, ponerme solo como aval de la hipoteca o como aval y copropietario del bien inmueble?
Anticipo el agradecimiento por si alguien me puede ayudar.
Si vas a garantizar el pago, como poco que tengas una parte de titularidad !!!!! aunque soy yo muy poco partidario de los avales !!!!
Pero tu vas a pagar algo? Si es si, deberías adquirir un % de propiedad, según lo que vayas a pagar; en caso contrario, no tiene sentido, te estaría donando ese porcentaje
Un saludo
Claro, se trata de una propiedad que yo heredaría posteriormente ya que es mi padre quien necesita aval por su edad.
Lo que quisiera saber es las diferencias legales y/o posibles complicaciones que pudiera tener