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Cumplimiento arras Coronavirus

22 respuestas
Cumplimiento arras Coronavirus
Cumplimiento arras Coronavirus
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#1

Cumplimiento arras Coronavirus

Hola, me gustaría hacer una consulta. El pasado febrero hicimos un contrato de arras para la compra de una vivienda. El plazo de las arras penitenciales caducaba el 23/04.
Después de todos los trámites con el banco, proponemos hacer la firma el 15/03 y el vendedor nos pide una semana mas, lo aplazamos para el 25/03.
Con el estado de alarma/confinamiento, el vendedor nos dice que lo tenemos que aplazar, aceptamos.
Proponemos otra fecha durante el estado de alarma (ya que el banco y la notaria nos han dado el ok ya que es urgente) y el vendedor nos vuelve a rechazar la firma.
Ésta última vez nos dice que cuando termine el estado de alarma, ya que es persona de riesgo(adjunta certificado medico). Vuelvo a proponerles fecha de firma y nos la rechazan.Llegamos al 23/04, pido una prórroga del contrato de arras y no nos ponemos de acuerdo en la fecha ya que el propietario nos dice que tiene miedo, quiere vender pero tiene miedo de salir de casa.
Ha pasado una semana del vencimiento del contrato de arras y hoy, después de que el gobierno decida que podemos salir (con limitaciones) el propietario me propone el 30/05 como fecha máxima.
Por nuestra parte, no queremos alargarlo tanto, queremos firmar lo mas rápido posible, yo vendí la casa para mudarme allí y ahora me encuentro viviendo en casa de familiares a la espera que este señor decida vender.

- ¿Hay alguna opción legal de obligarle a cumplir el contrato o como comprador lo único que puedo hacer es esperar a que se decida a salir cuando a el le parezca bien?

- Durante el estado de alarma, me han hecho un erte y mi pareja se ha quedado en el paro, ¿podría legalmente recuperar las arras y dejar al propietario con su casa alegando que por culpa de este suceso han sido reducidos mis ingresos notablemente?
Muchas gracias
#2

Re: Cumplimiento arras Coronavirus

No tienes obligación de alargarlo más. Para obligarle podrías decir al notario que le requiera para firmar en una fecha determinada, aunque no es seguro que el vendedor acceda.
Si lo que quieres es no comprar, podrías hacerlo por incumplimiento del vendedor en la fecha de escriturar. Necesitas acreditarlo; la recuperación de tus arras dobladas tendrás que hacerla judicialmente, no creo que el vendedor lo acepte por las buenas.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Cumplimiento arras Coronavirus

Disculpa mi pregunta pero ¿con el estado de alarma los plazos no quedaban congelados? ya que los contratos de compraventa entre particulares tenían posibilidades de ser firmados en notaria siempre que se alegará urgencia.
#4

Re: Cumplimiento arras Coronavirus

Los plazos entre particulares, en general, no quedan congelados. Si el notario ha dado su ok por considerarlo trámite urgente, no hay nada que aplazar salvo acuerdo entre las partes.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#5

Re: Cumplimiento arras Coronavirus

En general que no es el caso al que se refiere ya que es un estado de excepción. También por edad y por asistencia casi semanal a alguna notaria puedo pensar que ningún notario va a sopesar la urgencia de una operación sino que solicitarán un escrito a alguna de las partes en la que se solicite la firma por motivos de urgencia y quedará recogida en la matriz de la escritura.

No obstante considero que tampoco el vendedor debe poner problemas a la hora de devolver las arras debido a que entiendo que no es culpa del comprador el cambio de situación se me hace difícil pensar que en un juicio algún juez considere lo contrario.

Son simples apreciaciones mías sin intención de entrar en una discusión. 
#6

Re: Cumplimiento arras Coronavirus

Esto dijo Marcor en su primer mensaje y habrá que darlo por bueno. Si ponemos en duda los datos de la consulta es imposible pronunciarse:
 el banco y la notaria nos han dado el ok ya que es urgente

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#7

Re: Cumplimiento arras Coronavirus

Mal asunto ya que es urgencia porque el vendió su casa pero habrá que ver la situación del vendedor.

Vamos que si a día de hoy no se puede echar a los inquilinos de una vivienda en alquiler para ver cómo se obliga a vender a un señor y que deje su vivienda.

Hay situaciones bastante complejas.
#8

Re: Cumplimiento arras Coronavirus

Muchas gracias a todos,
mañana hablo con el abogado a ver que le parece el caso.

Llegados a este punto quiero firmar tan pronto como la notaría me deje o si no recuperar las arras (ya tema arras duplicadas no tengo claro que sea fácil).

Actualizaré el post con mas información, de nuevo, muchas gracias.
#9

Re: Cumplimiento arras Coronavirus

¿Vas a pagar en efectivo o con hipoteca? En el segundo caso normalmente las arras llevan una coletilla donde dice que en caso de no conseguir financiación quedan anuladas las arras y con tu situación laboral es fácilmente conseguible que no te den financiación. 
#10

Re: Cumplimiento arras Coronavirus

Hola,
Si quedan congelados durante el estado de alarma, copio y pego comentario jurídico de Servicios Jurídicos de Arbitraje Notarial que me ha pasado el banco.
Yo estoy en la misma situación, pero al revés, yo quiero retrasarlo hasta que encuentre la mejor hipoteca.

Copy-paste
Ante la excepcional situación ante la que nos encontramos por causa del virus
Covid-19 o coronavirus, con situación de estado de alarma en toda España
decretado por el Gobierno, entre otras cuestiones, una de las dudas más
relevantes que se plantea jurídicamente a los profesionales de la
intermediación inmobiliaria es qué sucede durante estas fechas venideras en
el estado excepcional en el que nos encontramos, respecto del cómputo de
plazos de los contratos previos de compraventa con sometimiento a arras.
A dicho respecto, cabe indicar que su respuesta la encontramos en el Real
Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma
para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19,
que en su Disposición adicional cuarta, que se transcribe a continuación:
“Suspensión de plazos de prescripción y caducidad.
Los plazos de prescripción y caducidad de cualesquiera acciones y derechos
quedarán suspendidos durante el plazo de vigencia del estado de alarma
y, en su caso, de las prórrogas que se adoptaren.”
En consecuencia, los plazos acordados en los contratos previos de
compraventa con arras, en cuanto al plazo máximo para el otorgamiento de la
escritura pública de compraventa, se suspenden durante el estado de
alarma conforme a lo establecido en el precepto ya indicado.
#11

Re: Cumplimiento arras Coronavirus

Con hipoteca. No tiene la coletilla porque cuando firmamos las arras ya tenía el OK del banco, un fallo por mi parte.
#12

Re: Cumplimiento arras Coronavirus

Actualizo la situación, el vendedor ha cambiado de opinión, ahora está dispuesto a salir y no retrasar mas la escritura. 
En un principio firmamos en 15 días, mañana hablo con el banco para confirmar disponibilidad del notario y citar de forma oficial al vendedor. Espero que sea ya el final de este dolor de cabeza.
Gracias a todos
#14

Re: Cumplimiento arras Coronavirus

Gracias por el documento, me lo guardo. Pero según entiendo, si que hace referencia al Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo , y de hecho pone como ejemplo el propio contrato de arras (pág 1, parr 6):

"A su vez, el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo adopta tres decisiones que también se proyectan de manera esencial sobre el servicio público notarial, como son la suspensión de plazo procesal, de plazo administrativo y de plazos de prescripción y caducidad (respectivamente, Disposiciones adicionales segunda, tercera y cuarta), dado que el notario autoriza documentos consecuencia de expedientes de jurisdicción voluntaria, expide, por ejemplo, copias autorizadas y simples de documentos para procedimientos administrativos y, lo más trascendente, documenta todo tipo de actos o negocios jurídicos que en multitud de casos obedecen a plazos perentorios que se extinguen, como puede ser un supuesto de arras. "

Un saludo
#15

Re: Cumplimiento arras Coronavirus

Pensaba que ya terminaba pero sigue la pesadilla. 
El lunes hablé con el de la inmobiliaria y me dijo que podíamos firmar en 14, 15 o 18 de mayo, ya que el vendedor había accedido.

Pido cita al notario, todo ok, y le planteo el día 14 a las 11. Fecha reservada. Hasta aquí, todo ok.

Hoy recibo una llamada de la inmobiliaria, que no se puede firmar porque el propietario (que es persona de riesgo). Supongo que le ha entrado el miedo y ha llamado al medico para que le hiciera un certificado donde ponga que no puede salir.

Llegados a este punto, ¿estoy obligado a esperar a que se decida?

Propone el día 28, pero después de varias propuestas que al final se ha hechado atrás siempre, no me inspira confianza, mientras yo sin casa (en casa de familiares porque vendí la casa justo antes del estado de alarma).

Tengo que cancelar la fecha que he pedido a la notaria?