Acceder

Consulta diferencia negativo hipoteca

16 respuestas
Consulta diferencia negativo hipoteca
Consulta diferencia negativo hipoteca
Página
1 / 2
#1

Consulta diferencia negativo hipoteca

 buenas tardes
Ante todo disculpadme si esto ya está contestado, pero no lo he encontrado o no he sabido encontrarlo, y también si lo que pregunto es una gilipollez.

 yo tengo el diferencial en 0.37, con lo que la anterior revisión el euribor que por entonces cerró en -0,414 ya se me quedaba en negativo es decir -0,044, mi hipoteca es del 2009 y no he visto en ningún lado que haga referencia al 0 como mínimo (supongo que por entonces ni se lo olían), sólo he visto una formula para usarla como calculo en caso de que el euribor desapareciese como indicador, o eso me parece entender pues indica
 
 Alternativamente y para el supuesto de que dejara de publicarse el tipo de referencia antes citado (euribor), será de aplicación por períodos semestrales el interés variable al alza o a la baja que resulte de adicionar el margen o diferencial constante que se fija para toda la vida del préstamo en 0,00 puntos al tipo de referencia que será en cada uno de los periodos semestrales el denominado "tipo medio de los prestamos hipotecarios a más de 3 años de cajas y ahorros publicado mensualmente en el boe y descodificado en función de la periodicidad de los pagos mediante la aplicación al tipo de referencia publicado de un diferencial negativo que se determinará mediante la aplicación de la formula
 D=IRPF - k [((IRPH/100)+1)^(1/k) - 1]100
 
 Esto es lo único distinto, en el párrafo anterior te habla del 0,37 y los diferenciales con el euribor publicado (pero no dice nada de negativos)
 
 Dicho lo cual lo pregunté en la caja, puesto que aunque no es mucho dinero.. si son 5€ 5€ que la caja no me perdonaría si fuese al contrario
 
 y me responden esto..
 "Por la propia naturaleza del contrato de préstamo (tal y como se refleja en el art.
 1740 CC) el Prestamista (Banco) entrega al Prestatario (Cliente) una cantidad de
 dinero con la condición de devolver otro tanto de la misma especie. El préstamo
 podrá ser gratuito o con pacto de pagar intereses. El banco no se obliga a pagar
 interés alguno, solo el prestatario. La obligación del banco es entregar la cantidad
 prestada y a partir de ahí el prestatario se obliga a devolver la cantidad prestada y
 sus intereses que no pueden ser por debajo de cero porque, de lo contrario, el
 prestatario no devolvería la totalidad del capital prestado. Es consustancial a la
 naturaleza del préstamo que quien se obliga a pagar es el prestatario y no el
 prestamista.
 Este criterio se ha visto reforzado por la nueva Ley reguladora de los contratos de
 crédito inmobiliario (LCCI) que en su artículo 21.4 dice que el tipo de interés
 remuneratorio no puede ser negativo.
 En caso de disconformidad con la presente Resolución, de acuerdo con el contenido de
 la citada Orden y el mencionado Reglamento, puede usted dirigirse al Departamento
 de Conducta de Mercado y Reclamaciones del Banco de España.
 Reciba un cordial saludo,"
 
 el articulo al que hacen referencia no es retroactivo no? me pareció leer que Bankinter si que estaba aplicando negativos para descontar de las cantidades
 En fin.. tampoco es que entienda mucho de esto.. pero..hay algo que se me pasase.. tienen razón ellos? 
Un saludo
#3

Re: Consulta diferencia negativo hipoteca

claro por eso le dije lo de bankinter, pero vamos supongo que me han dado la respuesta estandar
Sería reclamar.. aunque no tengo ni idea de que documentación hay que aportar al banco de españa.. pero sobre todo.. sería.. si tengo razón, pq la posibilidad de que lo esté entendiendo mal también está ahí
#4

Re: Consulta diferencia negativo hipoteca

Supongo que para reclamar al BdE hay que aportar el contrato del préstamo hipotecario, donde vengan las condiciones del tipo de interés.

https://www.abc.es/economia/abci-banco-espana-pagar-hipotecas-negativas-debera-resolverse-segun-contrato-cuestion-202102022059_noticia.html

Banco de España: «Pagar las hipotecas negativas deberá resolverse según el contrato en cuestión»

El supervisor constata el vacío legal en estos casos en la normativa previa al año 2019

Las hipotecas con interés negativo amenazan con convertirse en un nuevo quebradero de cabeza para las entidades financieras. Préstamos por los que, en teoría, el banco debería pagar intereses al cliente si así resulta de sumar el diferencial y el euríbor, que ahonda mes a mes en nuevos mínimos históricos (ya está por debajo del -0,5% en el de a 12 meses, el más utilizado). La Autoridad Bancaria Europea (EBA, por sus siglas en inglés) sembró el caos hace unos meses al asegurar que así debería ser si no hay impedimento legal ni contractual. Y, ahora, el Banco de España se ha sumado a la controversia.
«Se trata de una cuestión de derecho privado que deberá resolverse en atención a ...



¡Bah! carnero, oveja. A tu raza, a tu vellón y a tu clan sé leal.

#5

Re: Consulta diferencia negativo hipoteca

pues como tenga que escanear todo el contrato..veremos como lo hago
#6

Re: Consulta diferencia negativo hipoteca

Supongo que con la parte en la que se habla de los tipos es suficiente. El millón de páginas en las que se habla de qué sucede si desaparece el euribor, si desaparece el índice que ponga el Banco de España como sustituto, si dejan de existir los euros, si desaparece el Banco de España o si desaparece España, yo creo que te lo puedes saltar... :P

Tiene cojones que tuvieran en cuenta todo eso (en el mío acaba diciendo que si desaparece todo lo anterior, se hará por mutuo acuerdo entre la partes, como si me fuera a importar la hipoteca en caso de mad max), y no tuvieran en cuenta los tipos negativos. Cualquier programador de medio pelo habría tenido en cuenta todo el rango que puede tener una variable... :D

¡Bah! carnero, oveja. A tu raza, a tu vellón y a tu clan sé leal.

#7

Re: Consulta diferencia negativo hipoteca

pues miraré pq de momento lo dejé aparcado pq no sabía como actuar ya.. y pq les he puesto otra reclamación por lo de los gastos de la hipoteca.. que por supuesto me responderán con lo mismo..

pues si...la verdad.. es que me parece muy bien que me digan
" Es consustancial a la
 naturaleza del préstamo que quien se obliga a pagar es el prestatario y no el
 prestamista. "
pero está todo lleno de clausulas y esto por entonces ni se lo olieron.. el problema es suyo no mio.. que bien que usan esta excusa para inflarte a comisiones ahora por todo
#8

Re: Consulta diferencia negativo hipoteca

Ya bueno, y también debería ser consustancial a la naturaleza de un depósito (cuando nosotros prestamos al banco) que te paguen por el depósito y no al revés. Pero en este caso no dicen nada de este argumento... 

¡Bah! carnero, oveja. A tu raza, a tu vellón y a tu clan sé leal.

#9

Re: Consulta diferencia negativo hipoteca

Esto acaba en juicio el bde se lava las manos.

Saludos 
#10

Re: Consulta diferencia negativo hipoteca

ah que te hacen protestar a quien pasa del tema?
pues juicio para que al final te salga mas caro ello collar que el perro.. estamos bien..
#11

Re: Consulta diferencia negativo hipoteca

El bde ya contestó a la OCU hace 5 días diciendo que eran contratos privados y que había vacío legal, que se debería determinar en los tribunales. Eso es lavado de manos en toda regla.

Al final surgirá una macrodemanda....

Ya veremos que depara el futuro.

Un saludo




#12

Re: Consulta diferencia negativo hipoteca

Ese argumento se contradice con la realidad: el Euribor es el tipo de interés al que se prestan los bancos de la zona Euro el dinero entre ellos.

Según ese razonamiento, no podría ser nunca negativo, puesto que el banco prestamista recibe menos dinero del que ha prestado.
#14

Re: Consulta diferencia negativo hipoteca

Tanto que nos miramos en Europa, a ver si lo hacemos también cuando se trata de beneficiar a los ciudadanos: https://www.elcorreo.com/economia/vivienda/hipotecas-intereses-negativos-20210530110423-ntrc.html

Con la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, el poder legislativo se ha asegurado de que los bancos eludan las leyes del mercado en adelante.

Y, visto el nivel de la judicatura española en temas financieros (sólo hay que leer con calma las sentencias de algunos de los casos mediáticos), me temo que esto no se arreglará a menos que llegué al TJUE: https://www.redabafi.es/euribor-negativo-debera-pagarme-el-banco-por-prestarme-dinero/