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Compra-venta de vivienda sin pagar impuestos.

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Compra-venta de vivienda sin pagar impuestos.
Compra-venta de vivienda sin pagar impuestos.
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Compra-venta de vivienda sin pagar impuestos.

Actualmente tengo un inmueble que heredé en 2017 y que se valoraba en herencia por 66.000 € en la C.V. Quiero venderlo y adquirir en el corto plazo otro pagando la cantidad de impuestos mínima posible teniendo un comprador por 150.000 € y no siendo este inmueble residencia habitual. Teniendo una discapacidad del 47% y estando jubilado con 60 años.
Opciones que he pensado:
1. Vender el inmueble y donar el dinero a mis hijos. Ya que al ser menos de 100.000 € a cada uno el impuesto de donaciones estaría bonificado (cuando el patrimonio neto antes de la donación es inferior a 600.000 €) pero aún así tendría que pagar un 23% de la diferencia de adquisición y venta del inmueble por la plusvalía de renta (ganancia patrimonial). 
2. Esta es la que veo mejor en cierto modo pero no se cómo resolverlo del todo. Donar el inmueble a mis hijos dándole un valor similar al precio de compra por lo que en sus incrementos de ganancia patrimonial no habría variación entre el valor de la donación recibida y el de venta del inmueble por lo que ellos no pagarían la plusvalía de renta. Pero no se como se quedaría la Plusvalía Municipal en este caso y la Plusvalía de Renta mía ya que según he escuchado el donante tendría que pagar también la Plusvalía de Renta con la diferencia de adquisición y donación cuando esto no tiene ningún sentido ya que no habría ganancia patrimonial mía sino pérdida patrimonial. 
Luego de la venta de este inmueble adquirir otro en la misma comunidad autónoma pero en distinta ciudad siendo los propietarios del nuevo inmueble mis hijos y yo. Aportando ellos la totalidad de lo adquirido de la venta + 150.000 € yo (ya que el precio es superior al del anterior inmueble). Y en la compra del nuevo inmueble de segunda mano como resolver el ITP ya que hay una bonificación hacía los discapacitados pagando el 4% en lugar del 10% en vivienda habitual  teniendo en cuenta de que la vivienda que se vende y dona inicialmente no es vivienda habitual. y siendo el nuevo inmueble el 50% propiedad mía. Teniendo en cuenta que el ITP de mis hijos está bonificado al ser menores de 35 años y siendo su nueva residencia habitual