En el proceso constructivo, en el caso de las instalaciones eléctricas hay varias entidades que se encuentran implicadas:
- Instalador autorizado (que es el que elabora el boletín, y se lo entrega al "constructor")
- Promotor ("constructor")
- Usuario
Aquí hay un conflicto entre partes. ¿Qué dice el contrato firmado? ¿Cuándo se entrega la documentación? ¿Con el pago total? ¿El contrato no dice nada? Mi opinión, que no tiene ningún tipo de validez, es que el constructor debiera entregar el boletín, pero a ver cómo le obligas a que te lo de, sin acudir a los tribunales.
Lo más práctico es que vayas a tu comunidad autónoma, al órgano que tenga las competencias en materia de industria, a pedir una copia. Tal y como te indiqué el REBT dice: " el instalador autorizado deberá presentar ante el Órgano competente de la Comunidad Autónoma, al objeto de su inscripción en el correspondiente registro, el Certificado de Instalación con su correspondiente anexo de información al usuario, por quintuplicado, al que se acompañará...".
Tendrás que presentar un documento que acredite que tú eres el propietario de la vivienda. Puedes decir que lo has perdido y lo necesitas.