Re: Cláusula suelo en hipotecas... más vale tarde que nunca
Exacto
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Buenas noches, soy nueva en este foro y quería aprovechar para preguntar si alguien ha contactado con AUSBANC , es el bufete de abogados que ha conseguido la sentencia del Tribunal Supremo del 21/03/2013 por la que declara nula la cláusula de suelo para 3 bancos, BBVA, Novacaixagalicia y Cajamar.
Estoy un poco desesperada, he presentado la reclamación en mi banco (BBVA) para la quita de la cláusula de suelo pero me han dicho en la oficina que 99% lo rechazan seguro. No sé a qué abogado debo consultar, como este bufete veo que está muy en el tema creo que sería una buena opción, no?
Agradecería mucho si alguien puede orientarme.
Gracias!
Hola! Os cuento brevemente. Yo al final me he decidido a reclamar la clausula suelo a mi banco BBVA. He puesto un documento que he encontrado por internet que esta muy bien y lo he adaptado a mi caso y mis datos. Mi suelo es 1,25 ya se que es poco pero yo negocie hipoteca sin suelo y en fin, uno se confía y es muy largo explicarlo todo como fue....
Hace una semana tramite este documento con otro mas informal explicando mi caso y poniendo que no tengo constancia de haber firmado la oferta vinculante y que el banco se niega a darme una copia.Lo lleve a la mi oficina y la directora lo leyó delante mia y me dio una copia sellada.
Estoy un poco harto porque aparte de la falta de respeto de la directora hacia mi ( se estaba riendo cada dos por tres al leer mi reclamación ) me dijo que la oferta estaba firmada 7 días antes de escriturar que estaba correcta pero por alguna razón no me la quiere dar.
Mi hipoteca esta a mi nombre y a la de mi pareja y yo creo que de estar firmada solo estaría por uno de los dos. AHora bien tendría algo donde reclamar si no esta firmada por los dos?
Hace seis meses consegui que me devolvieran lo cobrado de mas sin mucho esfuerzo solo reclamándoselo, pero ahora han cambiado al director y esta nueva me dice que lo que esta firmado va a misa. Y claro como me revisan cada seis meses pues ahora me dice que no me lo hace que imposible.
Bueno yo lo tengo reclamado haber en que queda la cosa. Una vez me responda atención al cliente luego a quien se lo tengo que en enviar al defensor de cliente? Y como lo hago por carta a una dirección o también en la misma oficina?
Lo mejor que puedes hacer ahora, una vez puesta la reclamación, es esperar a que publiquen la sentencia del supremo.
En principio, salió en Marzo una nota de prensa del tribunal supremo en donde se declaraba nula la cláusula suelo en los casos de falta de transparencia.
Cuando salga dicha sentencia se podrá tomar otras medidas, pero de momento lo mejor es esperar.
Hola a todos, quiero empezar a tramitar por mi cuenta este tema, he preparado un escrito cogiendo un poco de aquí y un poco de allá de lo que voy encontrando por la red. Si le podeis echar un vistazo... qué os parece? Y por si os puede servir de ayuda.
Es bueno entregarla ya al banco o esperar a que publiquen la sentencia del supremo como también he leído (no basta con que ya esté declarada?).
Yo tengo euríbor + 0,25 pero me colocaron el mínimo (suelo) del 4,25% y el máximo (techo) del 15%.
Gracias, un saludo muy grande y suerte a todos los que pretendeis luchar contra esta gran estafa.
"Banc de Sabadell
Oficina Pl. Virrei Amat, Barcelona
Att. Sr. Director
En Barcelona, a 07 de mayo de 2013
Distinguido Sr. Director:
Me dirijo a usted como titular del préstamo hipotecario en cuyo contrato la entidad ha incorporado una cláusula de límite mínimo a la variación del tipo de interés aplicable, estableciendo un interés nominal anual mínimo del 4,25 por ciento. A efectos de facilitarles una completa y más rápida identificación, acompaño fotocopia de un recibo de dicho préstamo/crédito.
En mi caso, para el préstamo hipotecario concertado con su Banc Sabadell, el limite inferior es de 4,25 por ciento, y el superior de 15 por ciento, con lo que, a simple vista, se advierte que la desproporción es notoria, señaladamente por el lado de la subida o techo, en relación al suelo.
En la oferta vinculante no se menciona el interés suelo ni esta está firmada por mi persona.
A este respecto, indicarles que la mencionada cláusula, coloquialmente conocida como “cláusula suelo”, comporta un desequilibrio contractual importante que desvirtúa la esencia misma del contrato de préstamo a interés variable suscrito, que no es otra que el tipo de interés varíe en función de las fluctuaciones del mercado conforme al índice pactado. Con la incorporación de esta cláusula a mi contrato, la variabilidad del tipo de interés pretendida desaparece para convertir al préstamo en la práctica en una operación a interés fijo y que, en todo caso, se utiliza para lograr un incremento artificial del tipo de interés ante las tendencias bajistas del mercado hipotecario, en perjuicio de mis intereses como consumidor y correlativa ganancia de esa entidad como prestamista.
Estas meras consideraciones, convierten la citada cláusula en abusiva por aplicación del artículo 82 y siguientes del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, y por tanto ha de ser sancionada con la nulidad de pleno derecho y tenerse por no puesta en el contrato.
A estos mismos efectos, resulta necesario significarles que La Sala Primera del Tribunal Supremo ha declarado la nulidad de las cláusulas suelo, en los casos de “falta de transparencia” a los consumidores, según ha informado EuropaPress, junto al hecho de varias sentencias favorables a los usuarios que han ido apareciendo últimamente en relación al suelo hipotecario desde 2011.
Por todo lo expuesto, y dado que el Banc Sabadell decidió incorporar en mi contrato de préstamo esta cláusula de límite mínimo de tipo de interés, por medio del presente escrito,
LES REQUIERO:
PRIMERO.- La inmediata inaplicación de la cláusula de limitación mínima de la variación del tipo de interés de mi contrato de préstamo hipotecario (cláusula suelo), al objeto de que la próxima cuota a satisfacer se calcule conforme al índice de referencia pactado, vigente a la fecha pactada, y con el margen diferencial pactado.
SEGUNDO.- El recálculo de las cuotas satisfechas en el préstamo, desde la fecha de la primera revisión hasta la última cuota abonada, aplicando el tipo de interés de referencia pactado en cada momento y el diferencial pactado. Acto seguido, procedan a abonar en mi cuenta (la misma en la que está domiciliado el abono del préstamo) el importe resultante de la diferencia entre la cantidad abonada por mí conforme a esa cláusula de límite mínimo de tipo de interés y la que realmente hubiera debido abonar sin esa barrera.
TERCERO.- Si pasados 30 días desde la recepción de la presente no obtengo respuesta en contrario por escrito suficientemente razonada, se entenderá que han aceptado la propuesta de inaplicación de la cláusula de suelo, lo que deberá reflejarse en el importe de la próxima cuota, y la devolución de las cantidades indebidamente cobradas que deberán hacerse efectivas sin demora en mi cuenta.
En caso de denegarme la legítima petición que formulo a través del presente escrito, me reservo expresamente el ejercicio de las acciones extrajudiciales o judiciales que me correspondan, bien individualmente bien a través de las acciones colectivas que en su caso se ejerciten, y que conllevarán además la solicitud de una indemnización por los daños y perjuicios causados.
Sin otro particular, y a la espera de una respuesta por su parte que confío sea favorable a las pretensiones formuladas -en aras a resolver este contencioso por la vía amistosa, sin acudir a otras vías-, reciba un cordial saludo,
Mi nombre
Mi dirección
DNI
Recibido y conforme (sello de la entidad)
ANEXO: Se acompaña fotocopia de un recibo del préstamo."
Buenos días Benaliso,
He estado revisando el foro y en tu caso te recomiendo la reclamación judicial de forma inmediata para que dejen de aplicarte un suelo que es nulo sin ningún tipo de duda.
Quedo a tu disposición
Un saludo
gracias por tu respuesta santidp, te comento: hace aproximadamente un mes les mande un escrito a los de atencion al cliente de cajasur pidiendoles que me quiten la clausula suelo y que me devuelvan todo lo cobrado de mas y estoy esperando a ver que me contestan,
segun lo que me digan, que seguro que me viene denegado, pues ya tendre que ver como lo ago o donde me dirijo para ponerles una demanda judicial.
por otra parte me he registrado en un foro (foro antiusura) y hay me dicen que no haga nada asta que no se publique la sentencia que salio hace un par de meses, la misma que anunciaron en antena tres en la que dice que tenemos todas las de ganar, pero por lo visto asta que no salga publicada dicen que no es firme,
¿tu que me aconsejas? me espero a ver que me contestan los del banco o que hago?, gracias.
Buenas tardes.
Llevo tiempo oliendome que tengo una clausula suelo. Pero como también créia que tenia una techo, pensé que la sentencia que salió hace poco no me afectaba. Vamos que no se consideraba abusiva.
Bien pues hoy revisando la nota simple de la hipoteca me he encontrado con esta clausula:
"OCTAVO:
Las partes pactan expresamente que a partir de la primera revisión del tipo de interés aplicable al préstamo objeto de la presente, el tipo mínimo aplicable será del 3,75% sin limitación de alza."
Bueno leyendo esto tengo claro que tengo suelo en mi hipoteca pero no techo. Osea que según esa sentencia es abusiva dicha clausula.
Pero ahora viene el problema. Que hacer. Porque me imagino que si me presento en la Caja Rural comentando este, poco más que cachondearse de mi es lo que harán.
¿Existe algún método a seguir para conseguir que me quiten dicha clausula?.
Gracias-