He entendido tu interpretación, pero yo sigo defendiendo la otra hasta que no nos demuestren lo contrario. Así lo estamos explicando en otras comunidades, por que creemos que es lo correcto.
Según la interpretación de "máximo total anual", si pasados 5 años, hago obras de mejora, que por ley puedo subirle hasta un 20%, ¿no se podría subir más de un 2%?
Posibles respuestas:
No se puede. (no tiene ningún sentido)
Sí se puede por que es una subida por otra cosa, las obras de mejora. Yo te diría, pues la subida de años anteriores, también es otra cosa, diferente a la actualización de este año y futuros, que es a lo que se refiere la la ley, desde mi punto de vista.
Yo creo que la subida anual se refiere a como "valorar ese periodo de tiempo" y no habla de anteriores, está eliminando o limitando el uso de referencia de los indices pactados, en el contrato, IPC, IGC ... pero no habla de la subida acumulada de años anteriores, habla de presente y futuro.
Si limitaran el acumulado, estarían penalizando al que ha sido "buen" casero y no lo subió anteriormente. Encima que no se lo subió antes, ahora no puede... no sería lógico, aunque sabiendo lo que saben muchas veces de estos temas, los que hacen las leyes, no sería de extrañar. Mira que es rica nuestra lengua como que para que cada 2 x 3 tengamos problemas de interpretación...
Lo que está pasando es que los caseros viendo la que viene encima, han decidido ponerse las pilas, cosa que me parece normal.
No es más rico quien más tiene, sino quien menos necesita. Y tú, ¿qué necesitas?