Re: Sólo quiero alquilar por dos años... ¿Se puede?
Nosotros estamos de alquiler con contratos de 1 año y vamos renovando anualmente ( en sept firmamos el 3º).
Esto q hacemos nosotros es incorrecto¿?¿? Porque según leo parece que si.
Nosotros estamos de alquiler con contratos de 1 año y vamos renovando anualmente ( en sept firmamos el 3º).
Esto q hacemos nosotros es incorrecto¿?¿? Porque según leo parece que si.
Durante los cinco primeros años, el contrato se prorroga a voluntad del arrendatario. No hace falta firmar uno nuevo cada año:
"Artículo 9. Plazo mínimo
1. La duración del arrendamiento será libremente pactada por las partes. Si ésta fuera inferior a cinco años, llegado el día de vencimiento del contrato, éste se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de cinco años, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de sus prórrogas, su voluntad de no renovarlo."
Aquí tienes el enlace con la ley de arrendamientos urbanos, por si le quieres echar un vistazo:
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l29-1994.html
SAludos
Gracias por tu opinión, encuanto tenga una resolución os lo haré saber.
Muchísimas gracias, creo que elegiré investigar este camino propuesto, ya os iré informando.
Gracias, he recabado mucha información para poder trazar mi estrategia, gracias.
Hola a todos
Ciertamente, las respuestas de Lacasetón son correctas, ahora bien, la necesidad de utilizar la vivienda arrendada de conformidad con la nueva redacción del Art. 9 L.A.U, debe ser real, y efectiva, en un plazo máximo de tres meses. De lo contrario, el arrendatario puede de nuevo hacer valer sus derechos.
No conviene olvidar, que el espíritu de la L.A.U, es el de proteger la necesidad de vivienda permanente del arrendatario.
Saludos.