Antes de contratar abogado e ir al juzgado debes saber que puedes tramitar una reclamación ante la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC). Vamos por pasos...
Inicia una reclamación por escrito con tu banco, por correo electrónico, por ejemplo, para que quede constancia por escrito del comienzo del proceso. Si el banco no acepta o no responde a la reclamación en el plazo de un mes, contacta con la OMIC. Puedes solicitar un arbitraje, ellos te guiarán a la hora de hacerlo. El arbitraje es una especie de juicio presencial, dónde tanto la parte demandada como la demandante exponen sus argumentos y presentan sus pruebas. La gran ventaja del arbitraje es que es gratuito, no tiene costas, no es necesario llevar abogado y lo peor que te puede ocurrir es que el árbitro desestime tu demanda, pero aún así, no tienes que pagar nada. El fallo del árbitro no admite recurso.
Hay que tener cuenta que el arbitraje es voluntario para el demandado, y no es frecuente, pero en algún caso puede rechazarlo. En ese caso, puedes solicitar un juicio civil sin vista oral, y si el importe que solicitas no supera los 2.000€, no necesitas ni abogado, ni procurador. Como bien indica su nombre, en un juicio sin vista oral, tanto la parte demandante como la demandada presentan sus alegaciones por escrito, y el juez dicta sentencia sin que exista vista oral, lo que nosotros entendemos como que no hay juicio presencial. Es importante indicar que los juicios civiles por un importe inferior a 2.000€ no tienen costas, a menos que exista mala fe o temeridad por parte del demandante, cosa que no ocurre en estos casos. El fallo del juez no admite recurso.
Mi consejo es:
* Pide sólo aquello de lo que tengas factura. Sólo presentando factura podrás reclamar el importe correspondiente. Habitualmente no existe factura de las tasaciones, ni las vas a poder conseguir si firmaste la hipoteca hace más de cinco años.
* Ten en cuenta que el Tribunal Supremo avala que la comisión de apertura es legal. Es cierto que el Tribunal Europeo ha dicho que es abusiva, pero piensa en si te interesa litigar con un banco acerca de lo que avala un tribunal u otro.
* No te saltes ningún paso. Primero reclama por escrito al banco. Si recibes respuesta negativa, o no recibes respuesta en el plazo de un mes, inicia el trámite en la OMIC.
* Únicamente debes recurrir al juzgado civil si el banco ha rechazado el arbitraje, y es muy importante que en la demanda indiques que el banco lo ha rechazado y presentes toda la documentación que la OMIC te proporcione acerca de esto.
* No te impacientes. Debes asumir que este proceso puede durar meses. Pero es que al final, se trata de algo que ya pagaste hace años y ahora tienes la oportunidad de recuperarlo.
* No te dejes impresionar por las palabras: arbitraje, vista oral, juzgado civil, ...etc. Es cierto que, si eres nuevo en esto, impresiona al principio, pero enseguida te familiarizas con ello y parece lo más normal del mundo.
* Por mucha razón que creas que tengas, piensa que tal vez no ganes la demanda. Los bancos disponen de servicios jurídicos estupendos que pueden ganar cualquier pleito. Lo bueno de esto es que tienes bastante dinero que ganar y nada que perder, aparte de tu tiempo.
* Ten mucho cuidado con los abogados. Siempre te van a animar a que les contrates, porque ellos viven de esto. Si contratas a uno y vas a juicio, infórmate muy bien acerca de costas, admisión de recursos, ...etc.
Saludos.