Lo dicho alquilada en agosto 2023, cuando puedo subir el IPC, no está en una zona tensionada, es más es un pueblo, tengo que esperar el año o podré hacerlo ahora, muchas gracias adelantadas por las respuestas
#2
Re: Casa alquilada en agosto 2023
Hola,
La actualización del alquiler se realiza siempre y en todo caso cuando ha transcurrido un año desde la firma, nunca al inicio del año natural. Este extremo no es una modificación actual, se ha mantenido igual desde 1995.
Por tanto, debes esperar hasta la mensualidad de agosto de 2024 para poder realizarla. Además de lo anterior, la subida estará limitada a un máximo del 3%, restricción que sí es debida a la normativa actual.
Un saludo,
#3
Re: Casa alquilada en agosto 2023
Nuevo
Con la modificación que han hecho que ha entrado en vigor hoy dia 16 marzo de 2024. Para un domicilio situado en una zona NO tensionada ¿sigue siendo el incremento de un màximo del 3% de subida del IPC?
Gracias por adelantado.
#4
Re: Casa alquilada en agosto 2023
Hola,
Sí: la limitación de la subida es la norma general para todos los contratos de arrendamiento que se renueven durante 2024. El hecho de que se hayan declarado zonas tensionadas no liberan a los contratos de vivienda radicadas en zonas no afectadas de dicha limitación.
Un saludo,
#5
Re: Casa alquilada en agosto 2023
Si tienes un contrato formalizado desde abril 2023. Y el piso está en una zona que seguramente declaren tensionada y ahora no le subes el ipc. Después cuando el piso deje de estar arrendado a los nuevos inquilinos les puedes hacer la actualización correspondiente de los años que no le has actualizado la renta a los antiguos inquilinos? Es decir si yo decido no subirle el ipc en el 2023, 2025, 2026, 2027 por ejemplo y queda vacío en el 2027, podría alquilar el piso subiendo la actualización correspondiente de cada uno de esos años? O por el contrario si no subo el ipc o el nuevo índice que se va aplicar a partir del 2025, tengo que alquilarlo al precio inicial del contrato? Gracias