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Impuesto de sucesiones y donaciones de tio a sobrino ¿realmente es tan brutal como esto?

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Impuesto de sucesiones y donaciones de tio a sobrino ¿realmente es tan brutal como esto?
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Impuesto de sucesiones y donaciones de tio a sobrino ¿realmente es tan brutal como esto?
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Impuesto de sucesiones y donaciones de tio a sobrino ¿realmente es tan brutal como esto?

A raiz de unos asuntos familiares de unos primos que estan heredando de su madre me he estado informando sobre este impuesto y la verdad es que yo era un completo ignorante y me estoy quedando asombrado de lo que estoy encontrando, ya se que algunas comunidades lo han eliminado casi en su totalidad de padres a hijos pero no entre parentescos mas lejanos, he visto una escala de gravamen en la que a partir unos 120.000 euros el tipo aplicado ronda el 30% y que luego se aplica un coeficiente corrector que entre extraños o tio sobrino es 2, ¿es esto tan brutal realmente?, es que tengo un tio que tiene un piso de unos 180.000 euros, si se aplica un 30% y se multiplica por 2 son unos 120.000 euros, es una burrada, ¿estoy haciendo bien los calculos o me equivoco?, es que si ese piso lo heredo y sabemos como esta el mercado inmobiliario, para venderlo rapido hay que venderlo en 120.000 euros aunque este valorado en 180.000, entonces no queda ganancia y si luego en la venta hay que pagar transmisiones y demas encima pierdes dinero, seria mejor no aceptar la herencia.

hace como un mes me pidio el numero del dni cuando tenia que ir al notario porque estaba haciendo la escritura de herencia porque murio mi tia hace unos meses, no se si es para incluirme en el testamento o si fue para donarme el piso en vida, no me lo ha dicho y no me quiere hablar mucho del tema, ¿es posible que me lo haya donado y haya hecho una escritura a mi nombre sin yo saberlo, puede haberle dicho al notario que yo no podia ir porque trabajo y haberlo arreglado todo él en mi nombre?, si es así ahora hacienda me reclamaría el impuesto de donaciones, ¿que podria hacer en tal caso para salir del marrón?

#2

Re: Impuesto de sucesiones y donaciones de tio a sobrino ¿realmente es tan brutal como esto?

El donatario debe aceptar la donación como el heredero debe aceptar la herencia. Si no te interesa el "regalo", no lo aceptes y te quedas como estás.

Y no, no puede haberlo arreglado todo en tu nombre sin tu permiso, a no ser que se haya currado una falsificación en toda regla de tu DNI completo con un actor que se te parezca o un apoderamiento para engañar al notario; cosa que dudo y que sería fácilmente desmontable.

#3

Re: Impuesto de sucesiones y donaciones de tio a sobrino ¿realmente es tan brutal como esto?

A ver si tengo un rato y te lo miro.

Hace años pasé por un tema de herencia (no de tío a sobrino, pero si de padre a hijo). En andalucía tendría que mirarlo con calma, pero de padre a hijo para un bien de 159.000 euros se paga 23.000 (según aparece en el modelo de liquidación de impuesto).

Creo que entre sobrinos y tíos es algo más, pero poco. Tendría que verlo.

Mírete la ley del impuesto en la web de tu comunidad autónoma y en un rato puedes saber realmente qué hay que pagar.

Te puede decir que conozco casos (no digo que este bien ni mal, me limito a describir lo que conozco). Decia. Conozco casos que tras el fallecimiento los herederos no hacen absolutamente nada (Salvo informar a la SS para el tema de la pensión y hacer el irpf indicando que ha causado muerte). No hacen nada durante 5 años, y a los 5 años y 1 mes hacen la escritura de adjudicación de herencia. Supongo que sabes perfectamente por qué esperan 5 años. (creo que ahora son 4).

Respecto a los trámites ante notario yo estaría tranquilo, nadie puede con tu dni personarse en un notario a aceptar una herencia, rechazarla, firmar una donación y todo eso.

Ya nos contarás.

Método, disciplina y tiempo

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Re: Impuesto de sucesiones y donaciones de tio a sobrino ¿realmente es tan brutal como esto?

he hablado esta maña con él, y no ha hecho nada raro, me ha dicho que el dni era para incluirme en el futuro testamento, todo lo que ha hecho de momento es heredar la parte de su mujer.

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Re: Impuesto de sucesiones y donaciones de tio a sobrino ¿realmente es tan brutal como esto?

he encontrado esta pagina donde viene el impuesto estatal con la escala de gravamen, veras que el tipo medio para unos 200.000 euros es de un 33% y el coeficiente multiplicador para un sobrino, que es el grupo IV, igual que alguien que no es familia, es 2, es decir, que hacienda se lleva el 66% de la herencia, en el caso de padre a hijo hay reducciones y por eso en andalucia serian solo 23.000 euros, en cyl seria muy poco porque existe una reduccion de la cuota del 99%, es decir que pagarias un 1% del 33% de 200.000 euros, y ademas hay una reduccion en la base imponible por ser hijo, vamos que pagarias unos 400 euros.

http://iabogado.com/guia-legal/los-impuestos/el-impuesto-de-sucesiones-y-donaciones/lang/es#11051100000000

http://www.jcyl.es/web/jcyl/pr/es/Tributos/Page/TributosPlantillaDetalleContenido/1204011973414/_/1222670199025,1222670221270,1222670232962,1222670348427,1222670351046/1222670202159;Redaccion?asm=jcyl&paginaID=1204011973414#1222670351046

sí, ahora son 4 años para la prescripcion.

#7

Re: Impuesto de sucesiones y donaciones de tio a sobrino ¿realmente es tan brutal como esto?

gracias jtorres, las tablas que aparecen en el pdf de ese hilo estan mas claras, las de la pagina que puse no parecen correctas o no estan claras, para una herencia de 180.000 euros resultan a pagar unos 54.000 euros, incluyendo un coeficiente multiplicador de 2, lo cual sigue siendo mucho pero no tanto, pero sabes que parentesco corresponde a cada grupo?,entiendo que sobrinos son grupo IV y hermanos grupo III?

#8

Re: Impuesto de sucesiones y donaciones de tio a sobrino ¿realmente es tan brutal como esto?

Grupo III: adquisiciones por colaterales de segundo y tercer grado, ascendientes y descendientes por afinidad...

Grupo IV: en las adquisiciones por colaterales de cuarto grado, grados más distantes y extraños...

Fuente: Ley Impuesto Sucesiones y Donaciones.

Un hermano es segundo grado (primer grado, son los padres e hijos). Por tanto grupo III.

Entiendo que sobrino, es tercer grado (primer grado padre, segundo grado hermano, tercer grado sobrino), por lo que estaría también dentro del Grupo III.

Saludos.