Buenas tardes,
Hice unas preguntas similares a Sego Factoring, cuelgo preguntas y respuestas por si es de vuestro interés.
1) ¿Sobre la rentabilidad publicada Sego Factoring se aplica una comisión del 20%? Es decir, si veo publicado una rentabilidad del 7% Sego Factoring se lleva el 1,4% y al inversor le queda bruto el 5,6%, que una vez deducido el 19% de IRPF se queda en el 4,536%? ¿Es así?
Las rentabilidades publicadas en plataforma son brutas, es decir, previas a la comisión por rentabilidad (única comisión que SEGO Factoring carga sobre el inversor) y a la retención del IRPF (en caso de que indiques que deseas que SEGO Factoring te haga la retención en tu nombre).
2) Entiendo que se publica quien es el deudor, pero no se sabe quién es el emisor de la factura, es decir el cedente, que interesa tanto o más que el deudor, entrando en las ofertas veo que viene el ID del cedente, pero yo no encuentro el listado de numeración de los cedentes.
Desde SEGO Factoring no publicamos el nombre de la empresa cedente por privacidad de datos. Por lo tanto, esa información no la podemos compartir. No obstante, el pagador de la factura en cualquier caso es el deudor.
3) Al parecer hay casos en los que la deuda se la traspasa el emisor a Sego Factoring, por tanto, el cedente desaparece de la operación, y ahora es el deudor quien responde ante Sego Factoring, a esto al parecer lo llaman “toma de razón”.
A nosotros la empresa cedente nos hace una cesión global de los derechos de cobro a futuro que tiene con sus clientes. En otras palabras, nos vende esos derechos de cobro a X días a cambio de un descuento.
Llamamos 'Toma de razón' al proceso de verificación de la factura con el deudor. Es un proceso que, con carácter general, realizamos a través de correo electrónico, y en el cual le pedimos al deudor que nos conteste sobre unos puntos en relación a la factura cedida: que han recibido la mercancía, que están conformes con la mercancía, que el estado de la factura está recibida y contabilizada para el pago en el vencimiento indicado, y que aceptan la cesión del crédito, además de que aceptan abonar la factura en el nº de cuenta bancaria indicado.
Cuándo Sego Factoring publica una oferta, abriéndola puedo ver si tiene “toma de razón”, pero al parecer, si no se programan las operaciones con autoinvest es difícil entrar porque se cubren muy deprisa, no encuentro en autoinvest como programar que entro solo en facturas con “toma de razón” ¿Dónde está? ¿Cómo se hace?
Actualmente no existe la opción de parametrizar el autoinvest en base a este criterio. Por otro lado, se está barajando para introducirlo en futuras actualizaciones de la herramienta.
4) Según parece hay retrasos en los pagos, y según informan en los foros los intereses de demora no lo suelen aplicar ¿De qué depende que lo apliquen? ¿Cuál es la razón de que no se apliquen?
P.e. Si entro en una factura al 6% a 60 días, si no estoy equivocado Sego Factoring se queda con el 20% por lo tanto queda un 4,8% a 60 días, si se demoran en pagar un mes ese 4,8% se convierte en un 3,2 % bruto, lo que quitando el 19% de IRPF se queda en un 2,592% ¿Es así?
Damos un margen de 7 días desde la fecha de vencimiento, en los que, si entra el pago, se abonan todos los días, hasta la fecha de pago, los intereses al tipo ordinario.
Esto lo hacemos porque a veces el retraso - 4 días por ejemplo - puede deberse a que el vencimiento coincidía con un fin de semana, o un festivo, o se cobra mediante pagaré, el cual tarda varios días en hacerse efectivo. Por lo tanto, establecimos la norma de 7 días.
A partir de aquí, si una factura se retrasa 20 días desde la fecha de vencimiento, por ejemplo, se rentabilizan los 20 días (desde la fecha de vencimiento) al tipo de interés de demora.
5) En las operaciones con seguro veo que el seguro no entra hasta después de como mínimo 8 semanas de la demora en el pago ¿el seguro paga el principal, el principal más intereses normales en plazo o el principal, los intereses en plazo y los intereses de demora?
El seguro cubre el principal invertido, no así las potenciales ganancias.
6) Si realizo ingresos en mi wallet con tarjeta de crédito en términos legales ¿estoy efectuando un pago o bien realizando una disposición de efectivo, efectuada con cargo al límite de tarjeta, para su ingreso en cuenta corriente?
En ningún caso se está realizando un pago, aunque tampoco se trata de una cuenta corriente.