La carta tienes que enviarla al SAC de la entidad, la dirección la tendrás en la web de la entidad o fácilmente puedes buscarla por internet.
Si hay un mínimo de profesionalidad y decencia en tu entidad (cosa que dudo) deberían darte entrada a tu escrito y ellos enviarlo internamente al SAC, quedándote tú copia del escrito con el sello y la fecha de entraga. Si no quieren recepcionar la carta tendrás que enviarla tú directamente al SAC, por correo certificado es suficiente.
No hay modelo tipo, simplemente tómate tu tiempo y articula un escrito en el que aparezcan tus datos personales, antecendentes y solicitud (si solicitas devolución del dinero, si solicitas los contratos etc...).
La reclamación al BdE (esto es competencia de la CNMV, pero da igual ya que unos se pasan los expedientes a los otros) debes hacerla pasados dos meses de la reclamación al SAC si: a) no te ha contestado el sac, b) no aceptas la resolución del SAC.
El BdE o la CNMV no tienen capacidad para obligar a la entidad, de forma que como última instancia deberás acudir a los juzgados, cuestión que no es fácil ni barata, (abogado, procurador, tiempo, dinero...), pero que es perfectamente posible.
Suerte Pitiusa
Método, disciplina y tiempo