Ponte en su lugar, intentemos pensar como ellos, y determinaremos que no van a pagar, esto va con "teorías de grandes números", aquí son 300, pero habrá otros 300 que ni siquiera han ido a la manifestación, o algunos que ni se han enterado del problema que tienen, supongamos que son 600 clientes en total ¿cuantos irán a reclamar al SAC? pongamos 400, yo creo que ni eso, entre otras cosas algunos no saben ni como hacer la reclamación, ni que existe el SAC, y desde luego nadie les informará de ello, de sus derechos, y precisarán de un gestor administrativo, un abogado ... que les cobrará pongamos 100 € por el trabajo, luego pasarán los dos meses de rigor, y a los 400, el SAC les dirá algo así como que vale, que muy bien, pero al tener estos títulos desde hace 2, 3 ó 4 años, se presupone (por el banco) hay aceptación tácita, por el el hecho de tenerlo, recibir documentos, intereses y ni interponer reclamación alguna en tanto tiempo.
Seguidamente se desanimarán ya unos ... pongamos ... 100, pues nos quedan 300 (estamos a la mitad), que si van a la CMNV, dónde probablemente esto de las aceptaciones tácitas no lo tengan tan claro .... peeeeeeero como estos de la CNMV tardan 8 - 10 meses, es probable que se presente un canje, entonces no todo el mundo va "a mantener el tipo" y aceptará el canje, con lo cual la demanda se puede complicar (1) ¿que calculamos que quedan la mitad de los "resistentes"? estamos entonces en los 150 (un 25% del inicial) y estos tendrán que contratar abogado y anticipar una provisión de fondos que si ganan el pleito probablemente recuperen, pero no siempre, hay ocasiones en que el juez no se pronuncia en costas, y por tanto cada parte correrá con las suyas, esto va a coartar a otros tantos ..... al final si llegan al final el 10-15% es ser muy optimista, y que de estos ganen el pleito el 60% es de otro optimismo de la leche, no olvidemos que esto se demanda por "error de consentimiento", que es un asunto de hechos, del qué, del cuándo, del cómo, del a quien ... de manera que dos clientes de una misma oficina, mismo producto y mismo comercial pueden tener sentencias contradictorias, porque en un caso no se puede demostrar engaño alguno, y en el otro si, por ejemplo por el perfil del cliente, sus estudios, su experiencia su capacidad de comprensión.
Total de 600, pues en esta hipótesis hay que pagar a 75-80 clientes, los otros 520 "pa la saca".
(1) Esto ya lo he indicado muchas veces, y pretendo hacer un alegado del canje o no canje, de pignoración o negativa a ella, porque cada uno es él y sus circunstancias, ahora bien por simple sentido común, si uno canjea está entregando una cosa a cambio de otra, con lo cual para entregar algo tiene que ser propiedad de uno, por tanto supone un reconocimiento de tenencia de propiedad. Si uno pignora, es entregar una prenda, al estilo del empeño de las joyas en el monte de piedad de una caja de ahorros, si enpeñas algo, será porque es tuyo, estamos otra vez con lo mismo, el acto supone implicitamente un reconocimiento de algo propio, entonces al canjear o pignorar, no digo que no se pueda ganar una demanda, pero lo complica un montón, ahora bien si no se canjea se corre con otros riesgos y lo detallé ahí https://www.rankia.com/foros/preferentes/temas/875865-participaciones-preferentes-serie-c-cam-que-pasara-ellas-ahora?page=314#respuesta_1339286