La reestructuración o la liquidación de una entidad comportará en cualquier caso pérdidas para los accionistas, cuotapartícipes o socios y, en segunda instancia, los acreedores subordinados.
Una de las novedades principales del real decreto es la creación del "banco malo", que permitirá aislar los activos tóxicos de las entidades financieras y que no supondrá "nunca" un coste para el contribuyente, según el ministro de Economía, Luis de Guindos.
Esa sociedad comenzará a funcionar en noviembre, una vez conocidas las valoraciones que aplicará a los activos inmobiliarios que adquiera y la forma de financiarse.
El borrador de real decreto avisa de que los particulares que compraron participaciones preferentes y deuda subordinada a Bankia, Catalunya Caixa, Novagalicia y Banco de Valencia tendrán que aceptar obligatoriamente las nuevas condiciones que imponga el FROB y sólo podrán recurrir a la Audiencia Nacional por las pérdidas.
El FROB podría entonces recomprarlas a un precio que no podrá superar el "valor de mercado", una opción que el sector financiero considera aplicable sólo a aquellos que quieran recuperar su dinero de forma inmediata, ya que conlleva fuertes pérdidas.
Habrá diferencias en el marco de actuación en el caso de que las entidades reciban ayudas públicas y no estén controladas por el FROB, ya que entonces las opciones que planteen a los afectados de preferentes serán de acogimiento voluntario.
Terminada la exposición sobre el Real Decreto, el turno de intervención de los periodistas, se abre con la pregunta que nos afecta. El ministro contesta que las preferentes se canjearán sobre el precio de mercado mas un 10% según acuerdo con Bruselas, mas concretamente con el sr. Almunia. El canje podría ser por acciones, bonos, depósitos, renta fija, etc