Aparte de lo que estamos alegando todos sobre la forma incorrecta (engaños, trucos, mentiras, etc) de comercialización de las PPs, parece ser que el banco tiene que hacer 2 (dos) tests, uno de Idoneidad y otro de Conveniencia. Hasta donde yo he podido entender en todos los casos que hemos comentado en este foro, en nuestro caso solo nos han hecho el test de Conveniencia y debían habernos hecho también el de Idoneidad.
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Leer el comentario que hace un experto en la materia.
Fernando Zunzunegui, profesor de la Universidad Carlos III y letrado del despacho Zunzunegui Abogados, recuerda que la actuación correcta por parte de las entidades era la de exigir a sus clientes de preferentes y deuda subordinada la cumplimentación del test MIFID o test de idoneidad, con el que el banco se compromete a prestar un servicio de asesoramiento, y, además, el test de conveniencia particular para el producto en cuestión. En los casos en los que los inversores cuenten con ambos documentos, con resultados que revelen que se trata de clientes con conocimientos sobre los mercados y, en particular, sobre el producto, la posibilidad de reclamar y de obtener una sentencia favorable queda reducida prácticamente a cero. "Es necesario, en todo caso, que el inversor cuente con los dos test: el de idoneidad y el de conveniencia. Si la entidad no ha hecho los dos test, ha incurrido en un incumplimiento legal",
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http://www.finanzas.com/noticias/mercados/analisis/20130223/inversores-preferentes-bankia-pueden-1732666.html