Tienen razón ambos, depende de como se considere, vamos a ver .... si uno es consciente de que hablamos de preferentes, obviamente la rentabilidad del 5, 6 ó 7% es muy inferior a iguales productos en estados de nuestro entorno, y con la misma divisa el euro, y por tanto la misma referencia en cuanto a tipos de interés.
Ahora observemos el asunto desde otra óptica, el cliente y su abogado mantienen que les vendieron una imposición a plazo, cuando en realidad no es así, bien .... el banco no puede aceptar tal argumento, si lo hace ya sabe la sentencia judicial de antemano ... con lo cual tienen que buscar una forma para intentar rebatir esto que asevera el cliente sobre la imposición .... porque es que no tienen casi nada a su favor, en muchos casos faltan papeles, en otros queda demostrada la falta de formación y conocimiento del producto de sus comerciales, cuando no, no hay constancia de entrega del resumen o tríptico del folleto de emisión, raras veces pueden demostrar, y la ley obliga, que se entregó información precontractual, el cachondeo del test MiFID, que de cada 100, pues 80 pueden estar mal .... ¿que les queda? pues la palabra de sus empleados contra la palabra del cliente demandante, ambas van a ser "barrer para casa", es del todo lógico ¿a quien va a creer al juez? pues depende, pero resulta que en la calle se manifiesta mucha gente y cualquier observador que no esté afectado, como un juez por ejemplo, por mas que tenga que ser imparcial, tenderá a pensar o a preguntarse ¿hay muchisimo tonto en España, o es mas que posible que en lugar de tontería, se hubiera orquestado un presunto engaño al por mayor?
Entonces ¿como pueden defender su posición de que el demandante es inversor? pues hay muy poca cosa para ello, y uno de los argumentos es decir, mire señoría, en el año 2009 cuando el cliente invirtió en nuestra casa, cualquier banco de la misma calle, incluso nosotros como muy generosos habían imposiciones al 3,5%, y solo para cliente nuevo o dinero nuevo, señoría yo le admito que el cliente no entienda esto de dinero nuevo, estoy de acuerdo, pero si que ha visto en toda la calle carteles de metro y medio, de imposiciones a tal interés, y resulta que viene a nuestra casa ¿le vamos a dar un 7%, cuando el mercado de la misma calle no lo paga? no tiene sentido, el cliente solo con ver el tipo de interés ya sabe que hay algo en contra, y esto se lo explicamos bien señoría ... y aunque no se hiciera, y ya le digo yo que se hizo, solo el interés ya supone riesgo, y el cliente, el 99% de los clientes lo saben, pues que no vengan a su señoría con historias, lo sabían y punto ..... este es el argumento, luego que el juez se lo crea o no ya es otra cuestión, porque vale que hubo emisiones al 7%, son pocas, y las que fueron, este tipo de interés fue solo para un periodo corto o unos pocos años, luego ya es al euribor más no se qué .... caray el ING anunciaba su cuenta corriente al 4%, pero solo 4 meses, al acabar este plazo a menos des 2% y vas que te matas, por tanto el tipo de interés alto si se explica bien, y esto es trabajo de vuestros abogados, se puede minimizar sus efectos ante el Juez.