Re: Afectados participaciones preferentes Cajasol/Banca Cívica
A mi me llamó el director de la sucursal ayer para citarme en la oficina, pero como no podia personarme por alli antes del 1 de junio, me anticipó lo que ya se comenta por aqui en relación al canje. Obligaciones subordinadas por el 100% del nominal, convertibles en acciones a 31 de diciembre de 2014 con un 6% de interés hasta la fecha de la conversión (mis preferentes son de la serie A).
Cuando me cuestionó sobre qué me parecia le reiteré lo que ya le habia dicho anteriormente, que nunca fue mi intención contratar un producto con el más mínimo riesgo, ni querría ahora, cuando encima, tendría que hacerlo con conocimiento de causa. Le dije que lo más sensato habría sido ofrecernos un plazo fijo, que es lo que fuimos a buscar en su día.
Además le trasladé dos cuestiones y le pedí que fuera honesto en esta ocasión, lo cual no le sentó nada bien. Y me refiero al hecho de poner en duda su honestidad, pero es que después de que me hayan engañado en Cajasol, como le dije, siempre tendría dudas de la honestidad de la persona que ya me engañó una vez. El caso es que le pedí que me respondiera si tenia conocimiento sobre dos rumores que corren por ahi. Uno sobre el Real Decreto que posibilitaría a los bancos no tener que pagar el año que viene los intereses devengados por las participaciones preferentes y otros productos convertibles en acciones, entre los que supongo, estarían las obligaciones subordinadas que nos ofrecen. Y por otro lado, sobre una clausula que pretenden incluir en el contrato de canje, por la cual tendríamos que renunciar a nuestro derecho a seguir reclamando a la entidad.
Si ya se subía por las paredes por poner en duda su honestidad, con esto...os podeis imaginar. Me dijo que en los foros se daba mucha información a la que no debiamos echarle mucha cuenta, ante lo cual le dije, que precisamente en los foros habia personas con muchos conocimientos y desde luego más honestidad y sensatez que en Cajasol y que jamás firmaré nada que me quite el derecho a seguir reclamando, estaría bueno! Seria el colmo y entiendo que se podría catalogar como una clausula abusiva. Si alquien puede corroborarlo o dar su opinión, lo agradecería.
Puse la reclamación en el SAC hace ya 3 meses y no han tenido el más mínimo respeto ni dignidad de contestar algo. Y hace un mes la puse en la CNMV. Y ahora tendría que retirarlas? Vamos por favor! Lo próximo qué es? Ir con los pantalones bajados el dia 1 de junio? Son todos una partida de sinvergüenzas.
Y ahora me planteo más preguntas. Quien vaya a firmar el canje, ya sea el que se comenta o finalmente otro similar, nos harían firmar otro test mifid? incluirían otra vez el dichoso párrafo donde, a pesar de ser un producto no conveniente para nosotros, el producto se adquiere a peteción exclusiva nuestra? Etc, etc.
Hasta el día 1 de junio no tendrán el contrato definitivo y el director decia no poder responderme a ninguna de las dos preguntas que le planteé, aunque si me reconoció tener conocimiento sobre la claúsula de renunciar a seguir reclamando a la entidad en caso de aceptar el canje.
En fín, que están tanteando el terreno.