Icanor,
No se exactamente cual es la pregunta que me formulas a mí.
Si tienes interpuesta una demanda a la entidad bancaria, logicamente no tiene sentido que firmes el renuncio de acciones legales.
Por otra parte vuelvo a comentar, que a mí no me han ofrecido ninguna solucion respecto a las Preferntes clase D que tengo, por lo que desconozco en que térmnos te estan ofreciendo la solucion.
Referente al tratamiento fiscal, me pasa exactamente igual, no conozco en que terminos te dan el nominal. El tratamiento fiscal es algo que no todo el mundo le pone interés en conocer y se debiera hacer, porque es importante.
En el tema de las Prefernetes habria mucho que contar, pero para no liar, he comento que si se hace una amortizacion dle producto, el tratamiento fiscal es 0 euros.
Si se vende el producto (PP, BC que es lo que nos atañe ahora), si se hace sufriendo una perdida, se produce lo que se llama un "rendimiento negativo del capital mobiliario", algo que se puede compensar en los 4 años siguientes sucesivos con las retenciones que generan producots de renta fija como un plazo fijo (no asi con las ganancias en las acciones, ojo).
Los cupones como bien sabes es mas directo, se aplica un 21% de retencion al ingreso que se obtiene.
La venta de Preferentes por encima de su valor, igualmente debe imputarse en renta a un % que dependerá del beneficio obtenido.
La venta de Preferentes o BC, por encima de su valor obliga a tener que hacer la declaracion de la renta.
La amortizacion, no.
Importante el que haya vendido preferentes, que tenga en cuenta que puede compensar la perdida con otros rendimientos como he comentado antes.
Precisamente sI te dan el nominal a precio de mercado, lo que hay que saber es si la entidad ofrece una amortizacion del producto ó cuando te da la demasia o en que condiciones se está haciendo.
A groso modo, la explicacion rapida.