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Coste demanda colectiva con ADICAE

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Coste demanda colectiva con ADICAE
Coste demanda colectiva con ADICAE
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Coste demanda colectiva con ADICAE

http://colectivos.adicae.net/plantilla.php?id=54

Estimad@ amig@:

Como sin duda sabrás, ADICAE ha estado informando en toda España y agrupando en las ultimas semanas a los afectados por las participaciones preferentes y otros productos tóxicos (deuda subordinada, cédulas hipotecarias, etc).

A pesar de los numerosos intentos realizados por ADICAE para no llegar a la vía judicial –denuncias ante la CNMV, cartas remitidas al gobernador del Banco de España y a las propias entidades-, en los casos de Banco de Sabadell, BBVA, CAM, Catalunya Caixa, La Caixa, Nova Caixa Galicia, Banco Santander y Banca Cívica y sus respectivas filiales, ha sido materialmente imposible llegar a ningún acuerdo por lo que la documentación para presentar estas ocho demandas judiciales ya está completamente preparada. A este grupo de entidades demandadas se sumará Bankia, salvo un giro radical de los acontecimientos en los próximos días.

ADICAE, lleva más de 24 años defendiendo los derechos de los usuarios financieros y su experimentado equipo jurídico atesora numerosos éxitos en procedimientos colectivos similares a éste, obteniendo acuerdos o sentencias muy favorables para los colectivos de afectados (caso Lehman Brothers con Citibank, caso academias de inglés, etc.).

¿En qúe fundamenta ADICAE la demanda y qué solicitamos?

ADICAE en su demanda solicita la declaración de nulidad del contrato, ya que existió vicio en el consentimiento. Esto significa que, ya sea por error o ya sea por engaño, no se informó al consumidor afectado de las características del producto. En especial no se ha informó sobre el carácter perpetuo, la falta de garantía de un fondo en el caso de quiebra de la entidad y su posibilidad de pérdidas a la hora de vender el producto. En definitiva, se camufló bajo la apariencia de plazo fijo aunque en realidad se trataba de productos totalmente diferentes.

El motivo principal que fundamenta la demanda es por tanto el incumplimiento de la entidad de sus obligaciones de información de acuerdo a la normativa de consumo pero también a la normativa financiera específica, la única destinada a proteger los derechos de los consumidores frente a la posición de superioridad que ostenta el banco. Ello conlleva la nulidad del contrato inicial y de todos los posteriores ya que nunca debieron existir ni firmarse.

Por tanto, al buscarse la nulidad de unos contratos concretos incluídos en las demandas, sólo podrán beneficiarse de una sentencia favorable los que se incluyan en las demandas.

¿Contra qué entidades se va a interponer las acciones judiciales?

Tras observar los datos de afectados, socios y personas que han mostrado su intención por demandar, ADICAE va a interponer demanda, de momento, contra 8 entidades financieras: Banco de Sabadell, BBVA, CAM, Catalunya Caixa, La Caixa, Nova Caixa Galicia, Banco Santander y Banca Cívica y sus respectivas filiales. En fechas próximas también se sumará la demanda a Bankia.

No obstante, si apareciera alguna entidad distinta a estas 9 también se podrá interponer demanda por ella si se cumplen los requisitos para ello. Ya conocemos otras entidades que han comercializado estas preferentes, Bankinter, Caja Badajoz, Ibercaja, etc.

¿Por qué tipo de productos se demanda?

Se demanda por cualquier producto de ahorro inversión que haya sido comercializado sin la debida información u ocultando o engañando las características esenciales del mismo. Según se ha observado en las últimos meses los productos más habituales en los que se han cometido abusos han sido los siguientes:

-Participaciones preferentes emitidas por la propia entidad (perpetuas o no)
-Participaciones preferentes emitidas por otra empresa (Telefónica, Repsol, Eroski)
-Deuda subordinada
-Obligaciones convertibles en acciones
-Obligaciones subordinadas
-Cédulas hipotecarias

Si Vd. sospecha que ha sufrido un abuso en sus productos de ahorro traiganos su contrato y le informaremos. Es muy posible que haya mucha más personas en su situación.

¿Qué documentación tengo que entregar?

DOCUMENTACION ORIGINAL

- Boletín de socio normal (para el primer titular del contrato) Si es una persona mayor irá a su nombre pero se pueden poner los datos bancarios o domicilios de hijos, etc.

- Boletín de socio familiar (uno para cada uno de los cotitulares del contrato) En el caso de fallecimiento, un heredero será el titular y el resto socios familiares, acreditándolo con certificado de defunción y testamento o aceptacion de herencia.

- Boletín de autorización de actuaciones judiciales:

- Boletín de costes judiciales: Contiene los costes de la demanda

-Poder apud acta (judicial-gratuíto) o notarial según instrucciones facilitadas por ADICAE

-Documento de comunicación de circunstancias personales: El afectado explica si lo desea las circunstancias personales particulares (minusvalías, etc.), el origen del dinero en su caso (indemnización despido, accidente, depósito, producto y entidad) así como quién y cómo le vendió el producto. Se podrá acompañar con documentación que acredite estos extremos.

DOCUMENTACION FOTOCOPIADA (aportar cuanta más mejor)

-D.N.I. de todos los titulares y herederos.
-Órdenes de compra de todos los productos a demandar (si no dispone de ella solicítela a su entidad por escrito según modelo que se facilitará)
-Contratos marco, o contratos de depósito y administración de valores que se hayan firmado con la entidad para realizar ésta y otras inversiones
-Cualquier documentación en la que la entidad nos haya dado información del producto, e mails, textos escritos, etc.
-Hoja de datos fiscales que proporcionan los bancos para hacer la declaración del IRPF del año en que se contrató el producto.
-Extracto facilitado por la entidad con las posiciones y productos contratados el año de compra del producto, el anterior y el posterior
-Documento que acredite la rentabilidad (intereses) que se venía cobrando del producto y cuándo dejó de percibirse
-Cuestionarios relacionados con la MIFID (test de conveniencia o de idoneidad sobre el perfil del inversor) que se hayan podido rellenar.
-Reclamación presentada ante la entidad y respuesta de los servicios de atencion al cliente de las entidades e informes (si los hay) de banco de españa y/o comision nacional del mercado de valores.
-Documento en el que se realizó el canje por otro producto, si es ése el caso.
-Órdenes de venta del producto, si se realizaron
-Escrito de no renuncia de acciones presentado al Banco tras el canje o no.
-Cualquier documentacion que pueda acreditar la existencia de un asesoramiento en materia inversor por parte de la entidad, como pueden ser tarjetas de visita, correos postales o electrónicos donde constenexpresiones como “gestor personal”, “asesor”, “banca privada” o similares.

¿Qué plazo tengo para entregar la documentación?

El plazo será hasta el 7 de marzo de 2012

¿Cuáles son los costes de las demandas?

- Toda persona que se adhiera debe, por ley, cumplir un primer requisito: ser SOCIO de ADICAE. El coste de ser socio es 30 euros de cuota de ingreso (se paga una sola vez) y una cuota anual de 36 Euros. En el caso de que dos personas o más, figuren en el contrato, una debe ser socio (30+36) y el resto deben ser socios familiarescoste del socio famliar es sólo 5 Euros.

- Las cuotas judiciales para las demandan se han ajustado al máximo, al ser ADICAE una Asociación de Consumidores y tienen en cuenta tanto la cantidad invertida como el número de personas que se incluyan en la demanda, favoreciendo así al máximo a los consumidores de una forma justa y solidaria:

Entre 150 y 600€ en función de cantidad reclamada y número de afectados en la misma demanda.

Todas estas cuotas incluyen la reclamación judicial hasta que recaiga resolución en el Tribunal que conozca del asunto en Primera Instancia. En caso de apelación y/o posterior recurso, para cada instancia se aplicará una cuota extraordinaria que no excederá del 60% de la cuota inicial en apelación (primer recurso) y del 40% en casación (último recurso).

Por último, la cuota extraordinaria de fin de procedimiento (ya sea en vía judicial o extrajudicial o mediante acuerdo transaccional o de otro tipo), en caso de que se produzca recuperación económica que consistirá en el doble del total de cuotas extraordinarias pagadas hasta ese momento.
Si soy empresa ¿puede representarme ADICAE?

No, bajo ninguna de sus fórmulas. ADICAE no representa a empresas, en su condición de asociación de consumidores y usuarios sólo defiende a consumidores finales.

Si soy autónomo ¿puede representarme ADICAE?

No, siempre y cuando estos productos se contratasen en nombre de la empresa. Otra cosa es que usted los contratase en su nombre, a pesar de que su actividad profesional esté dado de alta como autónomo.

Si tengo contradas participaciones preferentes y otros productos tóxicos, ¿qué cuotas tengo que pagar?

La cuota de socio será única, ya que va vinculada a la persona.
Sin embargo, deberá rellenar un boletín de actuaciones judiciales y otro de costes judiciales para cada contrato/producto por el que quiera reclamar.

Ejemplo: Tengo preferentes de la Caixa del año 98 y preferentes de la Caixa del año 2004.
Solución: Son demandas diferentes y deberán tener dos cuotas judiciales pero sólo un boletín de socio.

Ejemplo: Tengo preferentes de la Caixa y obligaciones subordinadas de la Caixa.
Solución: La misma que el caso anterior.

¿Puedo demandar si ya he realizado el canje que me ha ofrecido la entidad financiera? ¿Y si rescaté las preferentes antes del corralito pero he tenido pérdidas?

Sí. Lo que se solicita por ADICAE en sus demandas es la nulidad del contrato. Eso significa que lo que se juzga es el primer contrato, el de compra. La venta posterior y el canje no afecta. Evidentemente se reclamará sólo por la parte no recuperada.

En los canjes, en la medida en que muchos de ellos son a largo plazo, es recomendable demandar cuanto antes ya que ganar el juicio conllevaría la devolución del dinero en efectivo por la entidad sin tener que esperar a que venza el producto canjeado (hasta 10 años).

¿Y si mi idea era vender las acciones o las obligaciones que me han dado con motivo del canje? ¿Puedo demandar?

Sí. Al igual que en el punto anterior, se reclamará la diferencia hasta el 100%. En definitiva, usted puede sin problema en ese tiempo vender las acciones o las obligaciones subordinadas en sus mercados si lo que necesita es liquidez.

Si soy heredero, junto con otros familiares, de unas participaciones preferentes, ¿quién demanda?

La demanda debe ser interpuesta por TODOS los titulares del contrato. Si una de las personas falleció, deben ser todos sus herederos los que demanden y se hagan socios (familiares), firmen el poder, etc.

He puesto una denuncia penal al banco y a la persona que me vendió el producto. ¿Es un problema para la demanda de ADICAE?

En principio, no se puede demandar por las dos vías. Mientras haya un procedimiento penal en curso no se puede conseguir sentencia en uno civil. Además la denuncia penal conlleva un procedimiento en el que tendrá que llevar un abogado para usted. En vía civil,

Lo normal es que espere a ver si le admiten o no la denuncia (se sabe relativamente pronto) y entonces informe a ADICAE para tomar una decisión. Pero cuidado con los plazos ya que lo más habitual es que los juzgados inadmitan la vía penal y ni siquiera la inicien.

¿Qué riesgos de costas hay si se pierde?

En caso de perder cualquier juicio por nulidad de contrato, el criterio es que se impongan las costas a la parte que demanda. No obstante, si el juez aprecia que se han dado motivos válidos y no ha habido temeridad al demandar puede no imponer costas a ninguna de las partes. En cualquier caso esta cuantía depende de la cantidad que se reclama, en torno al 10% de la cantidad reclamada, aunque ADICAE buscaría fórmulas para reducirlas notablemente.

¿Qué pasos hay que dar a partir de este momento?

-Reúna la documentación necesaria y acuda a una sede de ADICAE o alguna de las asambleas informativas para que comprueben que está completa.

-Remítala a la sede de ADICAE Servicios Jurídicos. C/ Ronda de Atocha 13, 1ºD, 28012 Madrid


ADICAE le mantiene informado sobre esta campaña

Puede optar por 4 vías:

1- E-mail: [email protected] indicando en el asunto PARTICIPACIONES PREFERENTES
2- Presencialmente en su oficina de ADICAE más cercana.
http://www.adicae.org:4040/localizacion-sedes.html
En estos tres horarios: 12:00 ; 17:00 y 19:00.
3- Por teléfono: en el 976 39 00 60, 902 876 326 ó el de su oficina de ADICAE habitual
4- En la web de CASOS COLECTIVOS: http://colectivos.adicae.net (CASO PARTICIPACIONES PREFERENTES).

#2

Re: Coste demanda colectiva con ADICAE

Hola,

Os he puesto información relativa a una posible demanda colectiva contra diferentes entidades y productos de ADICAE.

Me gustaría una valoración de los expertos, ya que según mi criterio me parece realmente caro:

Por poner un ejemplo:

Reclamas 50.000€ en deuda subordinada. Esto costaría 400€ de costas (si hay menos de 60 afectados) y 800€ de cuota extraordinarias de fin de procedimiento (entiendo que es así pero no está del todo claro). Esto sin contar posibles recursos en segunda instancia...Ademas si se pierde pagas un 10% de la cantidad reclamada.

No os parece un poco abusivo? Hay que tener en cuenta que es una asociación de usuarios...

Saludos.

#3

Re: Coste demanda colectiva con ADICAE

Es una asociacion de usuarios. Pero nadie ha dicho nunca que sea sin animo de lucro. Aqui el que no corre vuela y todos huelen la pasta. ¿O te crees que se estan moviendo todos tanto por hacerte un favor? Tantas reuniones, folletos informativos y campañas publicitarias de concienciacion tienen un coste en tiempo y dinero. Y aqui por amor al arte no curra nadie.

#4

Re: Coste demanda colectiva con ADICAE

Creo que hay un error en estas cifras, eso no es lo que me han contado a mi y pone la web de Adicae,, creo debes volver a informarte bien. saludos.

#5

Re: Coste demanda colectiva con ADICAE

Hola Alnasir,

Me podrías aclarar porqué crees que hay un error en estas cifras, yo creo que no... y me he mirado bien la info de Adicae.

Saludos y gracias.

#6

Re: Coste demanda colectiva con ADICAE

Si no hay error, es que en cada zona o Delegación dan una información didferente, yo no he leido que se tenga que pagar el 10% final del resultado de la cantidad no recuperada por ejemplo.

#7

Re: Coste demanda colectiva con ADICAE

En mi opinión las ventajas de una demanda colectiva es de costes, al repartirse estos entre muchos afectados, la otra ventaja es la repercusión mediática que le suelen dar este tipo de organizaciones.

El problema es que en una demanda colectiva, las particularidades de cada uno puede quedar en el tintero, se suele agrupar por asimilaciones y meramente por bancos, y claro que un juez entienda que las comercialización fue igual en todos los casos de un banco, pues …………. Es que seguro que habrán matices y además relevantes, no sé es una cuestión de hacer números ….. hombre si la demanda es para la gente que acudió al canje y por tanto sus posibilidades de éxito de manera individual son escasas, ves, en este caso yo si que lo veo como colectividad, porque el coste va a ser reducido, con lo cual pues tampoco se va a perder mucho por el intento.

#8

Re: Coste demanda colectiva con ADICAE

El problema es que los jueces ya se han pronunciado en reiteradas ocasiones sobre que el error en el consentimiento se debe apreciar caso por caso y no colectivamente.

Pero además hay otro detalle: lo que puedes perder en el intento: Si no condenan al banco, por la aplicación del principio de la "cosa juzgada" no podrás volver a demandar.

Luis

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