Consulta a la CNMV:
- Consulta enviada (perdón por la mayúsculas pero la copia que me han mandado está así):
BUENAS NOCHES. ESCRIBO PARA INTERESARME POR EL CANJE DE PARTICIPACIONES PREFERENTES Y OBLIGACIONES SUBORDINADAS QUE BANKIA PARECE VA A EJECUTAR EN BREVE. YO MISMO (POR HERENCIA DE MI PADRE), MI MADRE Y MI QUERIDA ABUELA DE 89 AÑOS NOS ENCONTRAMOS ENTRE LOS FELICES AHORRADORES CON DINERO ATRAPADO EN ESTE TIPO DE PRÁCTICAS, QUE SEGÚN PARECE, HAN VENIDO DÁNDOSE DURANTE YA HACE ALGÚN TIEMPO. NO TANTO YO QUE SOY MÁS JOVEN, PERO SÍ MI MADRE DE 60 AÑOS Y MI ABUELA DE 89, PARECE TIENEN UN PERFIL INVERSOR EN EL QUE A JUICIO DEL BANCO ESTE TIPO DE PRODUCTOS ENCAJA A LA PERFECCIÓN. CIERTAMENTE LEO POR AQUÍ Y POR ALLÁ NOTICIAS MUY CONTRADICTORIAS SOBRE CÓMO SE VA A VALORAR LA ACCIÓN PARA EFECTUAR EL CANJE AUNQUE CIERTO ES, Y ES POR ESTE MOTIVO QUE HE DECIDIDO PONERME EN CONTACTO CON USTEDES, QUE NO HAY NADA DEFINITIVO DE MOMENTO, ¿VERDAD? EN FIN, IMAGINO QUE LA MANIPULACIÓN QUE VIENE SUFRIENDO LA ACCIÓN DE ESTA ENTIDAD BANCARIA ESTÁ DIRECTAMENTE RELACIONADA CON QUE SE QUIERE CANJEAR POR UNA CANTIDAD CUÁNTO MÁS ELEVADA MEJOR. ERA CURIOSO OBSERVAR HACE ALGUNOS DÍAS CÓMO EL GRÁFICO DE CINCO MINUTOS SUBÍA UNA Y OTRA VEZ CADA VEZ QUE TOCABA LOS 3,05€. YA QUE LOS BANCOS PARECE QUE NOS QUIEREN TOMAR EL PELO, ESPERO QUE USTEDES SEAN MÁS SENSATOS Y HAGAN ALGO AL RESPECTO PORQUE EL CAMINO QUE LLEVAMOS, VA A CONVERTIR ESTE PAÍS EN UNA AUTÉNTICA REPÚBLICA BANANERA.
¿PODRÍAN PUES INDICARME PARA CUÁNDO APROXIMADAMENTE VAMOS A SER INFORMADOS DE CÓMO SE VA A EFECTUAR ESTE CANJE?
MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCIÓN.
- Respuesta:
Estimado Sr:
En respuesta a su consulta le informamos de lo siguiente:
- Los valores objeto de su consulta suelen estar admitidos a cotización en el mercado AIAF. El mercado AIAF www.aiaf.es es un mercado bilateral y descentralizado en el que las partes acuerdan los términos de la operación para que estos se comuniquen posteriormente al mercado, lo que hace que la ejecución de las órdenes no sea automática, sino que requiere de la existencia de una contrapartida adecuada en el mercado.
Alternativamente muchas entidades están listando sus emisiones, dentro del mercado AIAF, en la plataforma SEND, cuyas características hacen que la negociación pueda ser más ágil y transparente. Puede que este proceso se dilate algo de tiempo pero se espera que proporcione más facilidad en la venta.
Debe tener en cuenta que, aunque una emisión esté admitida a cotización en un mercado ello no conlleva que exista negociación. Es decir, no implica que se encuentren compradores disponibles cuando usted quiera vender (y viceversa). En resumen, no siempre es posible venderlos de manera rápida y sin asumir pérdidas en el capital invertido.
- También le informamos de que en determinadas emisiones puede haber una entidad de liquidez, de lo que se puede informar en el folleto informativo de la emisión, donde se reflejan las principales características del compromiso de liquidez asumido. Indicarle que, con carácter general, los precios que cotiza una entidad de contrapartida son fijados atendiendo a las condiciones de mercado existentes en cada momento y teniendo en cuenta la rentabilidad de la emisión, pudiendo la entidad de liquidez quedar exonerada de sus responsabilidades en determinadas circunstancias.
Puede consultar las características concretas de las emisiones registradas en la CNMV a través de nuestra página web www.cnmv.es, dentro de la sección "emisiones, admisiones y opas" seleccionando "folletos de emisión y opv" e indicando la denominación del emisor.
- Por otro lado, le indicamos que, el 16 de junio de 2010, la CNMV publicó un documento que lleva por título:"Actualización de requisitos en la verificación de emisiones de renta fija e instrumentos híbridos destinadas a minoristas. Identificación de malas prácticas en el proceso de comercialización y negociación posterior". El citado comunicado está disponible a través de nuestra página web www.cnmv.es , dentro de la sección "comunicaciones de la CNMV" (ejercicio 2010).
En el citado documento se identifican una serie de malas prácticas en el proceso de comercialización y negociación posterior en emisiones de renta fija e instrumentos híbridos, destinadas a inversores minoristas.
En concreto, se señalaba que constituye una mala práctica la existencia de mecanismos internos de case de operaciones entre clientes minoristas de la entidad emisora y/o comercializadora de los valores, o entre los clientes y la propia entidad, que presta el servicio de inversión, salvo que acredite que la transacción se realiza a un precio próximo al valor razonable en caso de que no exista contrato de liquidez o éste se haya agotado.
Es esencial que estas operaciones no perjudiquen a ninguno de los clientes afectados y, particularmente, que ningún inversor minorista adquiera valores por encima de su precio de mercado o valor razonable.
No constituye sin embargo una mala práctica que la propia entidad adquiera los valores al precio que ella considere conveniente, sino sólo el que se los venda a un cliente a un precio superior al de mercado. Tampoco lo es que las entidades ofrezcan canjes de sus valores por otros títulos menos complejos en condiciones plenamente transparentes de rentabilidad, amortización, etc., como pueda ser el caso de bonos convertibles en acciones u otros similares.
En este sentido Banco Financiero y de Ahorros, S.A. ha anunciado mediante hecho relevante 157799, de 10 de febrero de 2012, su intención de llevar a cabo una Oferta de Recompra de participaciones preferentes y deuda subordinada.
Conforme al hecho relevante, el cual adjuntamos, la oferta estará descrita en la correspondiente nota de valores, que se someterá a la consideración y autorización de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV). Ésta se realizará a la par, es decir, al 100% del valor nominal de los Valores de la Recompra y estará dirigida exclusivamente a los titulares de las emisiones indicadas en el Hecho Relevante. Los titulares que acepten la Oferta de Recompra formulada por BFA se comprometerán a suscribir de forma incondicional e irrevocable acciones de Bankia, S.A. según las condiciones descritas en la nota de valores.
Como continuación del hecho relevante número anterior, la sociedad comunicó información adicional en relación con la oferta de recompra a través de el hecho relevante 158145. Le facilitamos el enlace mediante el cual puede consultar lso hechos relevantes de Banco Financiero y de Ahorros, S.A.
http://www.cnmv.es/Portal/HR/ResultadoBusquedaHR.aspx?nif=A86085685&division=1
- Respecto a su comercialización, indicarle que si adquirió dicho producto con anterioridad al 19 de diciembre de 2007 se entiende que, con carácter general, su entidad debió, previamente a la contratación del mismo, identificar su situación financiera, su experiencia inversora y sus objetivos de inversión, cuando fuera relevante para los servicios que iban a proveer, con el fin de contrastar que las características del producto se ajustaban a su perfil inversor.
Si lo adquirió con posterioridad a la citada fecha, la entidad debió evaluar la conveniencia del producto y para ello debió obtener la información necesaria sobre sus conocimientos y experiencia en este tipo de productos. Estas obligaciones se acentúan en caso de mediar un servicio de asesoramiento o de gestión de carteras.
Con carácter general, las entidades deben proporcionar a sus clientes con antelación suficiente una explicación sobre las características y los riesgos inherentes del producto que van a contratar, que permita que los potenciales inversores tomen decisiones fundadas y conozcan las consecuencias que puedan derivarse de su adquisición.
- Por último, indicarle que en caso de que considerase que la actuación de su entidad no ha sido la correcta, con el fin de poder valorar en detalle las circunstancias y hechos concretos que concurrieron en su caso particular, sería necesario que formalizase una reclamación, aportando cuantos contratos y documentos considere relevantes para acreditar los aspectos planteados. Le adjuntamos ficha explicativa: Cómo reclamar en el ámbito de los servicios financieros.:
http://www.cnmv.es/DocPortal/Publicaciones/Fichas/RECLAMAC_2.pdf
Uno de los trámites necesarios es haber acudido antes al Servicio de Atención al Cliente o/y Defensor del Cliente de la entidad. Este trámite previo pretende que la entidad, a través de dicho departamento, conozca la incidencia y pueda explicar su actuación. Le recordamos que el Servicio de Atención al Cliente dispone de un plazo de dos meses para responder a su reclamación. En caso de no obtener respuesta en dicho plazo o si ésta no resulta satisfactoria, puede acudir a la CNMV.
Atentamente,
CNMV - Oficina de Atención al Inversor