Re: Fiscalidad canje
Correcto Pelos, el problema está cuando se ha comprado en mercado secundario al 40 y al realizar el canje te consideran que se ha vendido al 70% por lo que tienes que tributar por la diferencia (70%-40%). Estas tributando por una beneficio que no es real ya que los bonos cotizarán muy por debajo del nominal, por lo que si no quieres tributar por ese rendimiento tendrás que vender los bonos entregados en el canje antes del 31/12/2016 para realizar minusvalías en el ejercicio..
El problema está en que no podrás recomprar esos bonos en un plazo de al menos dos meses.