No podras compensar mientras sigas teniendo los valores en cartera. Pero si los vendes todos puedes compensar sin problema independientemente de cuando compres o vendas.
Por ejemplo. Si hoy compro 1000 acciones del Santander y dentro de una semana vendo la mitad porque el valor cae quedandome con 500 no podre compensar esa minusvalia hasta que no venda las otras 500.
Si las hubiese vendido todas a la semana siguiente con ligeras perdidas porque el valor empezaba a caer y luego las recompraba mas barato dos semanas mas tarde tampoco podria compensar esas perdidas mientras no vendiese las ultimas compradas pues no habian transcurrido los dos meses de rigor. Para Hacienda seria mas o menos como si tuviese las mismas acciones y nunca las hubiese vendido. Simplemente recalcularia el precio de compra en funcion de lo perdido durante la primera caida.
Es una forma sutil de tangarte dinero por dos vias. Te retrasan el momento en el cual podras compensar las perdidas pero te obligan a declarar las ganancias en la siguiente declaracion. Cada vez que eso ocurre tu cartera se ve ligeramente reducida con un capital que podria generarte algun beneficio en ese tiempo. Y si te retrasan lo suficiente la compensacion de perdidas es posible que en alguna ocasion te acumulen tantas que no tengas suficientes plusvalias para compensarlas antes de que acabe el plazo con lo que tambien te mangaran algo por esa via. Son muy listos estos de Hacienda.
Claro que con las convertibles la cosa se complica porque son dos productos distintos los bonos y las acciones. A saber que criterio usan con lo de los dos meses.
Por cierto. Estuve mirando lo de los warrants y creo que BBVA liquida en efectivo por diferencias.