En la nota de emisión de las obligaciones pone esto:
Gastos para los aceptantes de la Oferta:
Sin perjuicio de los gastos, corretajes y comisiones previstos expresamente en sus folletos de tarifas que puedan cobrar las Entidades Participantes de IBERCLEAR ajenas a Banca Cívica, Banca Cívica no repercutirá gastos al suscriptor por la recompra de las Participaciones Preferentes ni por la suscripción de las Obligaciones, si bien podrá aplicar comisiones por administración y custodia de los valores, así como por la conversión y/o canje,según las tarifas vigentes recogidas en el correspondiente folleto de tarifas de comisiones,condiciones y gastos repercutibles a clientes. En este sentido, los gastos correspondientes a la primera inscripción en el registro contable de anotaciones en cuenta de las Obligaciones serán por cuenta del Banco, sin perjuicio de los gastos, corretajes y comisiones previstos expresamente en los folletos de tarifas que pueden cobrar las Entidades Participantes de IBERCLEAR ajenas a Banca Cívica.