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Bonistas de Banca Cívica

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Bonistas de Banca Cívica
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#753

Re: Bonistas de Banca Cívica

Las obligaciones convertibles son un híbrido entre deuda y capital. Hasta el vencimiento es deuda por la que el emisor paga un interés, pero es una deuda con conversión forzada, por lo que la entidad lo considera capital desde la emisión.

En el punto 5 que citas no se refieren a las convertibles, pero da igual, ya firmamos en el contrato de canje la aceptación de posibles pérdidas, por lo que no hace falta ninguna legislación nueva al respecto.

En cuanto a si Caixabank pedirá capital del rescate, según la mayoría de las fuentes, parece que todo apunta a que no. Una de las exigencias es que los bancos deberán tener un 9% de capital al menos hasta final de 2014, y según Caixabank ellos tienen el 10,4% de 'core capital'. De todas formas, no creo que a día de la fecha nadie sepa con total certeza lo que sucederá en los próximos meses. Esperemos no encontrarnos con sorpresas.

#754

Re: Bonistas de Banca Cívica

Es de agradecer tus conocimientos y en la forma que lo exponen ( concisos y sencillos )
Mi admiración a tu redacción fluída y siempre muy comprensible.

gracias .

P.S: ¿ que opinas del canje canallezco que está ofreciendo el Banco Sabadell a los preferentistas de la CAM?

Un saludo amistoso

#755

Re: Bonistas de Banca Cívica

No hay de qué, Involucion, gracias a ti.

El canje de las preferentes Cam no lo he visto en profundidad, pero tú lo has dicho, me parece una canallada poner un límite mínimo de 2,30 cuando la acción se está cotizando a 1,44. Es entrar con una pérdida muy elevada. Es más de lo mismo, tienen la sartén por el mango, lo saben y lo usan. Las preferentes de la Cam están totalmente devaluadas, no las quiere nadie como no sea a menos del 50%, creo que actualmente no están ni cotizando. Es muy fuerte lo que están haciendo con los ahorradores en España, pero es lo que hay. Opten por lo que sea tendrán que asumir pérdidas importantes.

Un saludo.

#756

Re: Bonistas de Banca Cívica

Muchas Gracias. El foro de la CAM esta que arde y soy uno de los afectados , y como esto está muerto , si te apetece entretenerte y aportar tu punto de vista ahí hay pasión y cabreo a mansalva y tambien gente muy experta , verdaderos inversores , vamos !

que pases muy buena tarde .

https://www.rankia.com/foros/preferentes/temas/875865-participaciones-preferentes-serie-c-cam-que-pasara-ellas-ahora?page=472#respuesta_1363390

#757

Re: Bonistas de Banca Cívica

Vaya, lo siento!, yo pensaba que eras afectado de Cajasol, igual que yo, y no es que sea un plato de gusto ser afectado de nada, pero entiendo que estés aún más indignado, reconozco que tus condiciones de canje son sangrantes.

Te agradezco la información sobre el foro, pero una vez que he firmado el canje necesito olvidarme un poco de las preferentes, han sido meses de mucha tensión y ahora me queda ver cómo salgo de las convertibles, de momento pienso esperar a la primera ventana voluntaria, a ver qué pasa.

Te deseo mucha suerte y buena tarde para ti también.

#758

Re: Bonistas de Banca Cívica

Hola.- Parece ser que el cuidador en la serie A, por el momento y a la hora que es no aparece, no se si eso signfica que ya se cansó de esta serie...

Un saludo.

#759

Re: Bonistas de Banca Cívica

¿Puedes explicarme cómo. cuando, para qué, qué es la ventana voluntaria? Da una explicación para tontos pues debo explicárselo luego a mis familiares.

Otra cosa, si la rentabilidad de la serie A es del 6% y el primer pago es en septiembre, ¿debo suponer que el interés que aplicarán será 1,5% ( 6/4)? Si es así, por cada 10.000 € recibiría 150 ¿no?

Gracias

#760

Re: Bonistas de Banca Cívica

Luminalo,

Las obligaciones convertibles tienen una fecha de caducidad en Diciembre de 2014, esto quiere decir que en esa fecha OBLIGATORIAMENTE, las obligaciones pasaran a acciones de CaixaBank (ya que en esa fecha habra absorvido a Banca Civica). ESto quiere decir que si tienes 10.000 euros en obligaciones , a partir de esa fecha tendras las acciones que correspondan a la division entre 10.000 euros / Precio unitario accion = "X" acciones.

Antes de esa fecha obligatoria existen dos fechas VOLUNTARIAS de conversion a accion, una es en JUNIO de 2013 y la otra en JUNIO de 2014. ESto quiere decir que TÚ, voluntariamente puedes obtar a dejar de tener obligaciones y pasarlas a acciones.
Esto es las ventanas de conversion voluntarias.

Existe dos elementos a tener en cuenta:

1 - Banca Cívica o CaixaBank en su momento, segun las características del producto detalladas en su tríptico, puede en un momento dado ADELANTAR la fecha de conversion obligatoria para todo el nominal de obligaciones o para una parte atendiendo a las circunstancias de Mercado. ESto quiere decir que la OBLIGATORIEDAD de ser accionista en 2014 puede verse adelanta quieras o no quieras.

2 - En las fechas de conversion voluntarias, si uno quiere salirse a ser accinista tendrá que tener en cuenta el precio de la accion. Si la accion de CaixaBank está por debajo del mínimo marcado en las condiciones que se hicieron publicas en su día (1,95), no te interesará salite porque implicara que entraras con perdida. Ejemplo:

1er caso positivo
Ventana voluntaria de 30/06/13. Precio de la accion 2,01. Nominal obligaciones 10.000

10.000 / 2,01 = 4.975,12 acciones a 2,01 = 10.000 euros

2º caso negativo
Ventana voluntaria de 30/06/13. Precio de la accion 1,85. Nominal obligaciones 10.000

10.000 / 1,95 = 5.128,21 acciones a 1,85 = 9.487,19

Aprecia en este segundo supuesto donde el suelo esta quebrado al valer menos la accion que la conversion se hace a 1,95 y no al 1,85, dado que es el suelo que han impuesto. Como puedes apreciar el nominal de las acciones ahora se calcula por el Precio de Mercado que es 1,85, quedando pues una perdida latente de 0,10 por accion, habrás entrado con 512,82 € de perdida.

la solucion a esto es evidente, esperar con la accion hasta que repunte por encima del 1,95.

Respecto a tu segunda pregunta efectivamente el 6% es interes anual, aunque el pago se hace trimestral, por lo que equivaldria a que te pagartan el 1,50 trimestralmente , a los intereses devengados deberás de restarles la retencion para Agencia Tributaria oportuna que esta fijada en el 21% , por lo tanto deberás de aplicar a 150 la retencion correspondiente.

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